Aprendedora - IF en 2021

Esa opcion tambien la estoy valorando, pero solo la prrimera parte :joy:

Sere un clasico pero con que se lleve una buena cartera para mi ya vale. Pensar en lo que puede valer, supuestamente, una cartera de las nuestras dentro de 50 o 60 años da hasta vertigo, y sin hacer nada.

Tampoco descarto que vendamos alguno de los pisos, quizas el de Santiago.

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Es lo más fácil, indicar el beneficiario con nombre apellidos y DNI, nada de “mi mujer”, ni “mí hijo”, ni “mí querida”, sabe dios cuantos hijos y queridas te salen luego.
:rofl: :rofl: :rofl:

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A tener en cuenta…

Reducción en la base imponible del impuesto a favor del cónyuge y de los hijos del donante:

Sin perjuicio de las reducciones de la base imponible previstas en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y de cualquier otra aplicable por disposición dictada por la Comunidad Autónoma de Aragón, las donaciones a favor del cónyuge y de los hijos otorgarán al donatario el derecho a la aplicación de una reducción del 100 por 100 de la base imponible del impuesto, conforme al siguiente régimen:

a) El importe de esta reducción, haya una o varias donaciones, de uno o varios donantes, sumado al de las restantes reducciones aplicadas por el contribuyente por el concepto «Donaciones» en los últimos cinco años, no podrá exceder de 75.000 euros. En caso contrario, se aplicará esta reducción en la cuantía correspondiente hasta alcanzar dicho límite.

b) El patrimonio preexistente del contribuyente no podrá exceder de 100.000,00 euros.

c) La autoliquidación correspondiente a la donación, en la que se aplique este beneficio, deberá presentarse dentro del plazo para el pago del impuesto en período voluntario.

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A 50 o 60 años un fondo como un indexado al MSCI World y a dormir.

Si es que @Bass nos esta metiendo el virius indexado sin darnos cuenta :joy:y queramos o no, acabamos pensando en esta opcion, sobre todo pensando en nuestros hijos si no llegan a mostrar interes en este mundillo.

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Me :nose: bien, eso es :musical_note: para mis :ear: :ear:

@miguel_angel_sanz :heavy_check_mark:

@ifrobertocarlos :heavy_check_mark:

@vash :heavy_check_mark:

Ya me quedan menos

:joy:

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Skin in the Game:

@Bass 1/2 :white_check_mark:
@vash 1/2 :white_check_mark:
@miguel_angel_sanz :negative_squared_cross_mark:
@ifrobertocarlos :x::x::x:

Al final, somos animales “irracionales”

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Y yo señalo que nuestro Cod. Civil está muy pero que muy basado en el Derecho Romano de hace unos 2000 añitos. Los romanos para ser de esa época ya tenían previstas muchas situaciones

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Lo que no estoy muy seguro es de las implicaciones de un usufructo en un activo líquido. Lo que haría realmente es bloquearlo completamente para ambos.

El derecho privado alcanzó su cumbre con el Derecho Romano, después lo hemos ido estropeando de a poquito

Me miro el link, a ver si saco algo en claro. Mi idea era lo segundo que comentas, donar y quedarme con las claves.
Efectivamente habré de controlar lo de la declaración, pues mi idea es ir generando plusvalías hasta el límite de no tener que hacerlo, para que cuando quiera disponer de ello, tenga menos plusvalías.

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Sí, en la educación está la clave, ojalá lo hagamos bien estos años :crazy_face: :innocent:

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No había visto los límites, tenía pendiente mirarlo con detalle. Bueno, algo es algo, todo suma (o resta patrimonio en este caso). Gracias de nuevo ruindog!

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Manda :egg: :egg:, encima nos tiene listados :rofl: :rofl: :rofl: :rofl: :rofl:

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Las herencias de familiares en menor grado tienen una imposición fiscal bastante alta. En el libro de herencias que puse, incluso recomienda "en el caso de tenerlo “claro”, hacer donaciones, que son más ventajosas.

¿Un piso en Galicia y no has tomado aún café con insignes gallegos de este foro?

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Ya, es algo que no depende de mi, como mucho le puedo decir eso.

Pues si, alguna vez en el hilo de los gallegos lo habia propuesto algun verano, pero no cuajo.

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¡Buenos días!

Voy a contaros que he dado el paso y ya no estoy trabajando, soy libreeee. Estos primeros días con ajetreo de muchas cosas pendientes de hacer y planeando cosas para las próximas semanas y meses. ¡Felicidad!

Tengo pendiente contaros mi futura cartera de inversión, pues la actual es poca cosa. Se desglosaría a grandes rasgos en:

Objetivo Estrategia / Productos %
Especulación Fondos de autor, sectoriales, criptos 7%
Patrimonio Pinwheel portfolio* 83%
Seguridad Fondo Cartera Permanente 5%
Inmediatez Efectivo 5%

Estos son los objetivos actuales conforme vaya vendiendo las acciones de la empresa, en unos 4 años. La idea es quedarme con un remanente de un 20% de acciones después de esos 4 años, por lo que pueda pasar.

A parte dejo la sección de viviendas en alquiler, que conformarán alrededor de un 15% de mi patrimonio y que me dan diversificación y seguridad para momentos de incertidumbre en las bolsas.

Esta pirámide la he cogido prestada de River Patrimonio, quien lo gestiona, Rafael Ortega, me parece que tiene las cosas muy claras y me gustó su forma de enfocar su cartera. Eso sí, lo de dentro lo he puesto yo, que él mete el grueso en River.

Para los que no conozcáis la Pinwheel: Pinwheel Portfolio – Portfolio Charts, buscaba una cartera con diversificación estructural que a la vez de buenos rendimientos y esta me gustó. Enfocándola al mercado en España da buenos resultados usando el backtest de Portfolio charts. No utilizaré una Pinwheel 100%, ya que la he tuneado algo, pero es la idea general.
Entraré en más detalle de esta Pinwheel tuneada en otro post, conforme vaya cogiendo los fondos y ETFs específicos.

Los ingresos que tengo por alquileres me dan tranquilidad, y si vienen muy mal dadas, con eso podemos subsistir, añadiendo además una parte en liquidez y en CP tengo mucha tranquilidad en el medio plazo.

Estoy aun en la búsqueda de buenos asesores fiscales que me aconsejen y sobre todo no la caguen haciendome el 720, que me da pavor. Con lo de la IPO, cosas que tengo en cryptos (una cesta de unas 20, con staking incluido), etc, me da miedo que metan la pata y el palo me lo lleve yo.
¿Qué preguntas les haríais a las diferentes empresas? ¿En qué os fijaríais para contratarles?
Pedí un presupuesto de una importante de la zona, que se que son muy buenos y me han pasado 1.500€ por asesorar +1.500€ por IRPF, IP, 720… me parece una burrada. ¿Consideraríais asesores fiscales de otras comunidades si son recomendados u os centraríais solamente en los de vuestra comunidad pues la fiscalidad cambia de una a otra?

¡Gracias a todos por vuestros comentarios por adelantado!

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Yo me he metido en Cripto porque he conocido un asesor fiscal que ha invertido en Cripto. Yo les preguntaría que porcentaje de su patrimonio tienen en Cripto.

PD.: Felicidades por esa IF, la auténtica salud.

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El seguro de responsabilidad civil o similar deberia ser obligatorio de tener para desempeñar la funcion de asesor financiero, y poder hacer frente a los pagos de multas derivados de su mala gestion o negligencia.

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Felicidades por esa recién estrenada IF

El 720 mejor que tu nadie lo va a hacer.

Puedo recomendarte un asesor fiscal de tu comunidad (el mío desde hace más de 15 años) a un precio infinitamente más razonable.
Un fiera del IRPF, IP, Sucesiones… en cryptos desconozco si tiene experiencia.

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