Los primeros sí pero vete a saber cuando.
A mi tambien me han mandado el mismo mensaje. No veo cual es la complicacion de la verificacion para realizar el pago y que necesiten mas de una semana en hacerlo.
No es así. De hecho si es extrajera y retienen terminas pagando menos que si es española, porque es 15% lo recuperas.
- Dividendos de €100
- Menos 15% en origen pagas 15€
- Ha España “llegan” 85€ de
- Menos 19% en destino pagas 16,15€
- Te quedan 68,85€
- En la próxima declaración recuperas los 15€ y o lo usas para compensar dividendos o ganancias patrimoniales.
Total pagaste 16.15€ en lugar de 19.
Creo que esos cálculos no son correctos del todo.
En la casilla de dividendos del IRPF debes poner el total bruto recibido ( antes de descontar lo retenido en el país de origen). Por lo que la aplicación ya hace los cálculos oportunos os para regularizar lo que pagarás por esos dividendos
Dividendo en origen 100€
15% en origen = 15
A España llegan 85. Y te retienen el 19% = 16,15€
En la declaración tendrás que poner
Dividendos recibidos 100€. ( hay Brokers que lo transmiten bien a hacienda y brokers que no)
Retención. Tú dirás que han retenido 16,15€ y el programa calculará el 19% de 100€ = 19€. Estás en deuda de 3,85€ con hacienda
Después, dependiendo de tus otros datos de la renta te cobrarán o no esos 3,85€. Y te devolverán o no los 15 retenidos en origen
Salvo error, así es como lo he entendido yo siempre
Una pregunta sobre ING:
¿Como está el tema de los fondos indexados? ¿Tienen mucha oferta? Estoy algo desencantado con Myinvestor por los problemas que tengo para tramitar órdenes, acceder, comunicarme con ellos etc.
Probablemente cambie de broker y no sé muy bien si volver a ING (el cual dejé en su momento porque me fui a Interactive Brókers) o si entrar en Renta 4, aprovechando que hay oficina en Santander. La opción de Renta 4 la valoro como un movimiento más a futuro, pensando en la alergia de mi mujer a todo lo que tenga que ver con la inversión. Entiendo que es la opción más cara, pero que más sencillez podría aportar a la familia en caso de que yo no estuviese ahí llegado el momento.
A ver cómo veis el panorama general. ¡Un abrazo a todos!
No, es así. A España no le importa ni sabe que se retiene en origen. Para España el bruto es lo que te llega a ti.
Lo contestas con una seguridad…… que me gustaría creerte ( por el bien de mi bolsillo)
Esperemos a ver qué dicen foreros más expertos que yo en fiscalidad, pero dudo que a España no le importe nada lo que te retienen en origen.
Además la devolución de la doble imposición es precisamente porque ha habido doble imposición sobre el mismo importe recibido - el dividendo bruto íntegro -
Ojalá tengas razón, pero permíteme dudarlo.
Vale, me parece bien. No es recomendación ni nada. Es mi descargo.
Es, hasta donde yo tengo entendido, exactamente como dice @Erro.
Un saludo.
Con un broker español, entiendo que sería así:
- Dividendo en origen 100€
- 15% en origen = 15€
- 19% en destino = 16,15€ (19% de 85€)
- Neto = 68,85€
En la declaración tendrás que poner:
-
Dividendos recibidos 100€.
-
Retención: 31.15€
Se debería calcular que de esos 100€, te tendrían que haber quitado 19€ y no 31.15€, por lo que te puedes deducir 12.15€
Así es como lo entiendo yo.
Me informan por mail que ING ya tienen disponibles ETF de BTC y ETH
Por si hay algún interesado
Tienen oferta pero más comisiones.
Yo he pasado los fondos a Indexa, automatización y tranquilidad, y comparto cuenta con mi mujer y ella quiere simplicidad, así que optamos por lo fácil.
Debo ser muy tiquismiquis para estas cosas o estar muy mal acostumbrado por trabajar en paralelo con IBKR pero no estaría de más que explicasen cómo se ha realizado el cálculo del abono. Un pequeño desglose si no es mucho inconveniente.
Es que cuando te acostumbras a IBKR a nivel información, la verdad es que es una pasada…
Aprovecho para preguntar si la única manera de saber el tipo de cambio que aplica ING en el cobro de dividendos es haciéndolo por tu cuenta entre lo cobrado en Euros y lo que deberías cobrar en dólares por acción?
Desconozco si proporcionan más información o no del tipo de cambio pero no lo encuentro, también es cierto que llevo pocos días en ING.
Gracias!!
Yo también lo entiendo así le he puesto el ejemplo a Perplexity como si ese ejemplo fuera Países Bajos al tener un 15%. Sería aplicable a todo.
“En tu caso, con un dividendo holandés y un bróker español, solo puedes reclamar la retención en origen si esta supera el límite establecido por el convenio de doble imposición entre España y Países Bajos, que es del 15%.Es decir, el límite máximo legal de retención en Países Bajos sobre dividendos para un residente español es el 15%. Si Holanda retuviera más de ese 15% sobre el dividendo bruto, entonces sí podrías reclamar la devolución de ese exceso, pero no más allá del 15%.”
Otra cosa son las retenciones es destino que se pueden recuperar en función de la renta, pero lo que te trincan en origen se pierde un 15% como minimo
Tercer!
Como les ha salido de los
, pero es algo que me he encontrado (gracias a ti
).



