Una pregunta, ¿alguno con una cartera de más de 100k trató de negociar con ING que le quitasen la comisión de custodia si no hacía la compra semestral?
Por ejemplo, en IB y SaxoBank si tienes una cartera de más de 100k te perdonan ciertas comisiones.
Sería un detalle por parte de ING que te quitasen esa comisión para carteras de un cierto tamaño, y si no, pues quizás lo suyo sea largarte a IB ya que, si tienes más de 100k y tras la conversión de las cuentas nacionales nominativas a cuentas ómnibus, pocas ventajas le veo. Las únicas que se me ocurren, lo de no tener que cubrir el D-6 y el 720, y que si quieres comprar derechos de suscripción las tarifas en ING serían algo mejores que los 4€ que creo que pagarías con IB.
Compra y vende a un mismo precio, pagas 16€ y lo tienes solucionado. Es mas si el 30 de junio compras al cierre y el 1 de julio vendes a la apertura, por 16€ tienes pagado todo un año de custodia.
Yo solo conozco ING que no pagues custodia.
Si IB te cobra 4€ por operaciones con derecho, con 5 acciones que den derechos ya vas pagar mas.
ING fue mi primer broker y ya tengo contemplado lo de comprar/vender una acción en el caso de que no quiera hacer operaciones, por ej. comprar una acción de Bankia en el primer semestre y venderla en el segundo. Esto me saldría en unos 27€ (a los 8 de ING habría que sumarle los cánones de bolsa), que me parece totalmente asumible.
Mi pregunta era por darle una vuelta de tuerca ya que ING sólo lo uso para acciones españolas y, además de que ya llevo bastantes valores IBEX, sacando 2 o 3 de valores que veo interesantes, mi idea a medio plazo es crecer principalmente fuera de España con lo que así me podría olvidar totalmente de la custodia de ING. Que si tengo que pagar los 27€ seguramente los pagaré sin problema (dudo mucho que haga traspaso), pero si no te sacan esa comisión de inactividad y tuviese pensado invertir 100k, si empezase hoy a formar cartera pues sin pensármelo me iría a IB.
Hasta ahora siempre he realizado alguna compra al semestre ya sea porque me interesaba algún valor o para tradear un poco (y eso que cada vez me gusta menos).
Brokers en los que no pagues ningún tipo de custodia aunque no realices ninguna compra/venta tienes a ClickTrade.
Luego tienes a SelfBank para acciones nacionales si ofreces acciones en alquiler por un mínimo de 5000€; IB, Saxo tampoco cobran si pasas de 100k.
DeGiro tampoco cobra custodia aunque te carga una tarifa de 2,5€ anuales de costes de conectividad por cada mercado en el que tengas acciones, a excepción de BME.
IB creo que no cobra porque un valor haga ampliaciones liberadas de capital ofreciendo derechos a sus accionistas (digo creo porque yo no tengo cuenta en IB). Cobra un mínimo de 4€ por compra, independientemente de que sean acciones o derechos de suscripción, en cambio ING si hace distinción, y si compras derechos por menos de 20€ pagarías unos 0,30€ de comisiones y si compras menos de 300€ sobre 1,8€.
De todas formas las 2 ventajas que veo de ING me parecen poco significativas.
Si me animo le lanzaré la consulta a ING y ya postearé por aquí la respuesta.
Creo que hubo un malentendido con eso. Se comentó bastante en muchos foros y al final parece que simplemente era un recordatorio sobre que los depósitos están garantizados hasta 100.000 € (como en toda Europa). Las inversiones en Holanda siguen garantizadas hasta los 20.000 €.
Otra cosa es que ING utiliza Renta 4 y que Renta 4 garantiza hasta los 100.000 €, por estar adherida al Fogain.
Ayer ING mandó un mail diciendo que devolverian los importes cobrados indebidamente por el Scrip Dividend de empresas internacionales. Reconocen que estaban cobrando indebidamente retencion en origen (todavia tengo que entender muy bien todo este tema porque me cuesta trabajo comprenderlo). Hoy me ha aparecido en cuenta el importe devuelto ( en concreto referente al Scrip de SHell)
Para saber con qué empresas de las que uno tiene en cartera es posible utilizar los DRIP es necesario consultar algo en el broker de ing direct o directamente en la web de la empresa?
Me pierdo un poco con este tema. ¿Estáis hablando de DRIP o de SCRIP? Porque ni de lejos son la misma cosa
What is the Dividend Reinvestment Plan (DRIP)?
The DRIP is an alternative to cash dividends, allowing shareholders to buy new shares by investing their cash dividend. These shares are usually purchased at a very competitive commission rate. Stamp duty (UK)is payable on the purchase.
What is the SCRIP Dividend Scheme (SCRIP)?
The SCRIP is an alternative to cash dividends, allowing shareholders to receive new shares instead of cash. These shares are issued by the company and no brokerage or stamp duty (UK) is paid
En tal caso entiendo que ING Direct hace lo correcto cuando cobra la retencion en el origen que corresponda y la retencion en el destino (19%). Esto no deja de ser un dividendo en efectivo que inmediatamente reinviertes en la empresa con condiciones ventajosas a nivel de comisiones
Acabo de registrarme y aprovecho para saludar a todos los miembros de esta comunidad de tanta calidad.
Y ahora al lío, jeje:
En el caso de los DRIPs e ING (que en mi caso me afecta, ya que llevo GSK en UK y Unilever en Holanda), yo creo que antes lo hacían correctamente, puesto que al ser un DRIP se trata de un dividendo en efectivo (el cual debe estar sujeto a las retenciones correspondientes por las Haciendas de cada país) que, tras las retenciones fiscales, seguidamente se usa para la adquisición de acciones en el mercado. Es así como se define el proceso en los programas DRIP de las empresas que permiten acogerse a los mismos (en mi caso, tanto GSK como Unilever). No debemos confundirlo con un scrip dividend (no sujeto a retenciones). Lo que no tiene sentido es que retenga la hacienda de origen (UK, NL…) y no la española, en mi opinión ING lo venía haciendo bien.
Ahora que ING decide no aplicar retención española por los mismos, pues la fiscalidad de la operación nos cambia. Ante Hacienda española, las nuevas acciones adquiridas deberían considerarse a coste cero, al igual que en los scrip “de verdad”. Dicho de otra manera, la fiscalidad se traslada del pago del dividendo al coste de adquisición de las nuevas acciones, es decir, a la plusvalía en una posible venta futura.
Shell, sin embargo, creo recordar que tenía un pago al accionista que no era claramente DRIP sino Scrip (emisión de nuevas acciones) así que ahí sí que es posible que la retención en destino fuera incorrecta para quien se la practicaran.
Al final depende de ING, y no te enteras hasta que llega el momento. Me temo que la posibilidad de acogerse a programas DRIP sólo está disponible para Europa (al menos en UK y NL seguro que sí), pero no para acciones americanas. Compré en su momento PFIZER, entre otras consideraciones porque en su página indicaban que sí tienen programa DRIP, pero en los dividendos que he cobrado hasta el momento, 3, ING no me ha ofrecido la opción. Recientemente he adquirido OHI y en breve cobraré el dividendo y saldré de dudas (seguramente sin opción a elegir).
Gracias por poner algo de claridad en el tema. Me temo que se estaban usando los conceptos DRIP y SCRIP de una forma un poco arbitraria.
Sobre el segundo párrafo tengo serias dudas de que la forma que propones de saldar cuentas con Hacienda sea la correcta. Piensa que hay muchos brokers en el mercado (IB, Degiro…) que nunca realizan retención en el destino. Esto no representa mayor problema ya que al hacer la declaración de la renta correspondiente Montoro te cobrará lo que falta desde la retención en origen hasta el tramo que te corresponda. Pienso que las nuevas acciones adquiridas a través del DRIP deberías considerarlas al precio que cotizen en el momento de la compra.
En todo caso me cuesta entender porque ING Direct cobra retención en destino (19%) para cualquier dividendo en efectivo excepto para los que se utilizan para hacer DRIP
Por lo que tengo leído ningún broker de los que se usan por aquí habitualmente permite acogerse al DRIP de acciones americanas.No sé si tendrá que ver con el hecho de que no somos residentes en USA.
De acuerdo contigo, yo la adquisición siempre la he calculado y lo seguiré haciendo al precio de cotización en el momento de la adquisición (es que de hecho el broker ING te facilita ese dato, y en los DRIP de 2017 que ya he hecho - GSK, sin retención en destino sí que valora las acciones a la cotización del momento).
Pero he de reconocer que el cambio de criterio me ha descolocado. Veremos los datos fiscales de 2016 cómo figuran con esa “corrección” hecha en 2017 respecto a los DRIP de un ejercicio ya pasado… Me da a mí que la retención en destino figurará en los datos fiscales de 2016 y la devolución de la misma como rentas de 2017. En breve lo sabremos. A partir de 2017 está claro que no figurará retención en destino (ya lo hacen así, GSK en enero). Pero si a la Hacienda española no le consta retención alguna por los dividendos reinvertidos en programas DRIP (a la vez que sí le constarán, por información remitida por el mismo broker, las retenciones de los dividendos extranjeros no reinvertidos vía DRIP)… pues yo tiraré por la interpretación fiscal que os he comentado: diferir la fiscalidad a la futura venta. ¿Por qué? Pues porque si a Hacienda le llega información fiscal de un mismo broker para acciones extranjeras que encajan en tratamientos fiscales diferentes (tributar como dividendo en efectivo o como pago en acciones al estilo scrip dividend)… pues daré coherencia al diferente criterio que ha tomado ING según se reinvierta el dividendo en efectivo o no: si no se tributa en el pago en efectivo (no hay retención en destino) se tributa en la plusvalía en la venta futura.
Todo tu razonamiento me parece muy lógico. Yo hace tiempo que prescindí de ING Direct para acciones extranjeras por un doble motivo: desorbitadas comisiones (compraventa/cambio de moneda) y deficiente funcionamiento en días clave (Brexit…). Y ahora que me dedico a ver los toros desde la barrera alucino con temas como éste, o que cobren 30% de retención en el origen para REITs USA o el hecho de que no tengan en cuenta los ajustes fiscales que realizan estas mismas compañías una vez terminado el año.
Sobre este tema ya se comentó en su día en el blog y sigo pensando que en algunos casos puede que haya un error de concepto. Un DRIP y un SCRIP no tienen nada que ver, en un SCRIP no hay efectivo alguno por el que tributar en ningún momento, salvo que se transmitan los derechos de la ampliación correspondiente. Si no se da ese hecho, lo que ocurre es que la compañía de la que se es accionista emite nuevas acciones mediante una ampliación y las reparte proporcionalmente ente todos los accionistas atendiendo al numero de acciones que cada uno de ellos poseía antes de la misma. Como dije, no hay efectivo alguno por el que tributar y unas acciones recibidas de este modo siempre minoraran el precio de compra medio de la posición al suponer “coste cero” para el accionista que las recibe. Entrecomillo lo de “coste cero” porque otra cosa ya sería hablar de carácter dilutivo que dicha ampliación supone/puede suponer para el accionista de cara al % que representa en el total de la compañía y los efectos de la ampliación para BPA, etc, pero eso ya sería otro debate.
En Un DRIP lo que se hace es dar el mandato a la compañía de la cual se es accionista mediante una inscripción y registro previos de que el efectivo que se va a percibir en concepto de dividendo como accionista sea reinvertido directamente en mas acciones de la misma compañía. ¿Con que objeto se hace esto? Pues si se está de acuerdo con la evolución presente y futura del negocio de dicha compañía y se entiende como buena la idea de aumentar la posición en la misma haciéndolo de este modo se reducen considerablemente los gastos inherentes a una compra de acciones al ser generalmente mucho mas reducidas o incluso inexistentes las comisiones de las compras que se llevan a cabo en dicha operación.
Pero en este caso a diferencia de lo que ocurre en un SCRIP si hay un efectivo por el que tributar. Otra cosa es que el apunte de este se lleve a cabo en la cuenta o no previamente a la reinversión. Pero para que se efectúe la compra de dicha reinversión primero la compañía en cuestión ha de adjudicar al accionista el efectivo correspondiente en concepto de dividendo, y entonces efectuar con el mismo la compra del DRIP. La compañía no asigna al accionista acciones en concepto de dividendo, asigna efectivo/cash y es con este con el que efectúa la compra del DRIP. Por tanto sí se debería de tributar por el dividendo, pues hay un efectivo que el accionista percibe en concepto del mismo. Lo que ocurre aquí es que sustituimos el broker en el que están depositadas las acciones por la propia compañía o el broker/banco designado por esta para llevar a cabo el DRIP y de este modo disminuir o eliminar los costes de la operación de compra. Por eso en este caso si debe aparecer un coste por las nuevas acciones. En un DRIP las nuevas acciones adquiridas pueden disminuir o aumentar el precio medio de la posición, dependiendo de si cuando este se lleve a cabo la cotización de las mismas es menor o mayor que cuando se compraron las acciones de la posición que genera el derecho de cobro de dividendo y que da acceso al DRIP.
Otra cosa es como interprete el broker de destino final dicho DRIP y la información que a este le llegue sobre las operaciones llevadas a cabo en el DRIP.
Perdón por el ladrillo pero no me salía con menos palabras.