Igual nos van viniendo bien este tipo de opciones para salir de esta pocilga.
Yo estoy subscrito a la “niusleter” de Librestado, por si acaso.
Volver a España después de 5 años viviendo fuera puede tener sus ventajas fiscales.
Si, es bastante interesante. Son 6 años donde tendríamos una rebaja de los impuestos sobre una actividad laboral, y además que no pagarías impuestos sobre los dividendos de empresas de fuera de España.
Es para tenerlo muy en cuenta. También podría entrar tu cónyuge por ejemplo.
Lo que no me queda muy claro es si un autónomo/freelance podría acogerse a esto por ejemplo, por lo que entiendo tendrías que constituir una empresa en España tuya para ser considerado (que no sea una sociedad patrimonial claro).
Como punto negativo, no te podrías acoger a según que mínimos o deducciones que un residente si. Pero me da que tal y como está la cosa, te va a salir mejor igualmente.
Pero vamos, muy interesante.
No controlo nada el tema pero en Canarias hay un régimen especial para empresas y que conjuntamente con lo anterior puede ser un buen combo. ZEC (Zona especial Canaria)
Requisitos necesarios para acceder al Impuesto sobre Sociedades del 4%
Anteriormente, los requisitos para acceder al incentivo se podrían resumir en los siguientes:
- Ser una entidad o sucursal de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC .
- Residir en Canarias , al menos, uno de los administradores.
- Realizar una inversión mínima de 100.000 € (para las islas de Tenerife y Gran Canaria) o de 50.000 € (en el caso de La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura o Lanzarote) en activos fijos afectos a la actividad, dentro de los 2 primeros años desde el momento de su inscripción.
- Crear, al menos, 5 o 3 puestos de trabajo según se trate de las islas capitalinas o no , dentro de los 6 meses siguientes al momento de la inscripción y mantener este promedio durante los años que esté adscrita a la ZEC.
- Que el objeto social de la empresa esté dentro de las actividades permitidas en el marco de la ZEC.
Modificaciones:
- Menor inversión mínima si se contratan más empleados. La modificación permite sustituir el requisito de inversión mínima de 100.000 € para las islas capitalinas o de 50.000 € para el resto de isla por la contratación de más empleados. De esta forma, se abren más opciones para acceder a este significativo incentivo fiscal.
- Trading. Se establece que el tipo de gravamen del 4% resultará aplicable a los beneficios derivados de operaciones de comercio mayorista incluso cuando los bienes no pasen físicamente por Canarias (operaciones triangulares), siempre que la gestión relativa a esta actividad se centralice en el archipiélago y determine el cierre de un ciclo con mercantil con resultados económicos.
Pero sí la retención en origen, si la hay.
Si exacto, y al no ser residente podría ser que no pudieras hacer valer el acuerdo de doble imposición de España con el país que fuera.
El Consejo Europeo actualiza periódicamente una lista con los países no cooperadores a efectos fiscales
El Consejo, con respecto a la lista anterior:
No añade nuevos países, y elimina a Bahamas, Belice, Seychelles, e Islas Turcas y Caicos.Países incluidos en la lista
La nueva lista la componen los siguientes países y territorios:
Samoa Americana
Antigua y Barbuda
Anguila
Fiyi
Guam
Palaos
Panamá
Rusia
Samoa
Trinidad y Tobago
Islas Vírgenes de los Estados Unidos
VanuatuResumiendo, unos pequeños enclaves tipicos del mundo off-shore y RUSIA!!! increible los volantazos de los politicos
https://twitter.com/jlbenitocorres/status/1760994238731325495?t=lBLrJZonV9P-cR3m04ovgg&s=19
Es buena señal, eso es que creen que se seguirán pagando las pensiones en un futuro
Qué puedes hacer en España para pagar menos impuestos? IRTE.
Corta y al pie.
Cuando Portugal se te queda corto
Para muchos, España sigue siendo destino elegido para vivir. Me temo que no se establecen como residente fiscal.
En mi opinión tienen mucho peligro y poco credibilidad estas listas. Los cuatro primeros ya me da que pensar…
Panamá
México
Indonesia
España
Personalmente yo casi que los tendría como al final de la lista.
Opinión totalmente subjetiva, claro.
Una pregunta, quizás algo tonta. Se puede vivir 3 meses al años en países distintos y no pagar impuestos en ninguno? 3 meses en el Reino, 3 en Argentina, 3 en Portugal o Andorra y 3 de crucero o en la ribera maya o brasil. Entonces no vives en ningún lugar!
Entiendo que en el Reino, si vives mas de 190 días fuera, ya estas libre no? La ley dice “fuera”? O es un conclusion nuestra?