Declaración de renta / IRPF

Gracias por tu respuesta. Volveré a mirar los links. Pero el problema es que la venta me ha costado dinero, porque las comisiones son superiores al importe de la venta y no puedo incluir un número negativo en el valor de transmisión.
Saludos

Ah, ahora lo entiendo.
No he estado en esa situación, pero en ocasiones he leído que en casos así se puede incrementar tanto el precio de la compra como el de la venta en la misma cantidad, ya que lo que cuenta en definitiva es la diferencia, y esta va a ser la misma (igualmente espera a ver si alguien puede arrojarte información de primera mano)

Para poder deshacerme de una empresa quebrada, el broker me cobró sus comisiones y me pagó 0€ por cada acción. Parece un caso parecido al tuyo, lo que hice sin consultar a nadie fue sumar las comisiones de la venta a la compra y poner 0€ en la venta. De esta manera el resultado es el mismo a que aceptase poner números negativos.

Fue hace años y sigo sin ser reclamado por ello.

Declino toda responsabilidad de tus actos con respecto a la honorable Hacienda española.

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Buenas tardes.
¿Sabeis en que casilla hay que poner en la declaración de la renta los intereses de demora de la devolución de hacienda? A mi me lo han puesto como ingresos en mis datos fiscales y por lo que veo hay que incluirlos en la declaración, pero no se donde.

No se como estará este año, y digo este año porque no se si querían cambiar lo siguiente.

Hace unos años los imputaban como ganancia patrimonial y te podian obligar a declarar por eso. Gane alguna reclamación hace unos años porque salió una sentencia que dijo que no y con toda lógica porque no son deducibles pero si tenias que pagar si los recibías tú aunque fuera por culpa de la Admon.

Gracias @ifrobertocarlos aprovecho para preguntarte, y al resto también por supuesto, pero creo que inviertes sobre todo en fondos y hoy mi padre me hacía una consulta que no supe responder.
Él no tributa porque no llega al mínimo de 22.000€ con su pensión, ahora tienen algo en fondos, y va a aportar más a un monetario ahora que dan algo ya que no encuentra depósitos que le convenzan. La pregunta es, si reembolsa el año que viene un fondo, eso le obligará a presentar la declaración?
He leído por ahí y me ha parecido entender que solo si declaras pérdidas patrimoniales, pero no me queda claro en el caso de plusvalías, como ya les aplican la retención al reembolsar, si afecta obligando a presentar la declaración…(siempre al hacer la simulación le sale a pagar pero al no llegar al mínimo no la presenta, y le da apuro verse obligado si rescata un fondo).

Desconozco los límites en las pensiones, pero si está pensando en meter dinero este año y lo va a necesitar el que viene, igual no es buena idea invertir.

Yo en su caso solo invertiría lo que no necesito a largo plazo. Si los 22.000€ le dan para vivir entiendo que la inversión puede ser a largo, y si no le llegan, yo no invertiría para tener que recuperarlo para el año y más si tiene esa duda.

Además he encontrado esto que puede ayudarte:

No tendrán que declararse los rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, etc.), siempre que unos y otras hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600 euros anuales.

Lo he sacado de aquí:

https://www.bankinter.com/blog/finanzas-personales/obligacion-presentar-declaracion-renta#:~:text=La%20norma%20general%20del%20IRPF,baja%20a%20los%2015.000%20euros.

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Gracias Roberto Carlos, en realidad no necesita el dinero y vive tranquilamente con la pensión, la pregunta viene de si pone un capital en un monetario (tipo Renta 4 Renta Fija 6 meses) que puede dar entre un 2% y 3% ahora mismo, si pone unos 30.000€ y le renta entre 600-900€, si podría retirar algo para darse un capricho (viene de la época de los depósitos donde los intereses van a su cuenta, ya sabes), lo que no le interesa es que rescatar alguna participación le obligue a hacer la declaración que hoy no hace.

Genial porque esta es básicamente la respuesta, los rendimientos de fondos al reembolsar ya llevan aplicada la retención, así que se trataría de reembolsar menos de 1600€ de ganancias (que con un monetario esta cifra va a quedar lejos)

Solo abundando un poco mas sobre lo que te ha contestado ifrobertocarlos, también tendría que hacer declaración cuando tenga pérdidas patrimoniales por mas de 500,00 euros, para que lo tengas en cuenta por si se le da el caso.

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Buenas noches.

En 2022, en vez de cobrar un dividendo de una acción inglesa, opté por la opción de STOCK Dividend en la misma, recibiendo 2 acciones y teniendo que abonar 0,63€ en concepto de ‘cash in lieu’

Hoy al revisar la información fiscal de ING veo que me aparece dentro del listado de dividendos una entrada en concepto de STOCK Dividend con un montante (entiendo que equivalente al coste de esas 2 acciones menos el cashi in lieu) sin ninguna retención.
Veo que hacienda ha contabilizado esa cantidad como un dividendo más cobrado cuando yo actualmente dispongo de 2 acciones de esa entidad pero en ningún momento he tenido ese ingreso en cuenta.

Esta operación que ING la denomina como STOCK Dividend:

  • ¿Debe declararse como dividendo y regularizar la retención?
  • ¿no es una operación de script dividend? Y, por tanto, entiendo que tiene el mismo tratamiento fiscal y hasta que no me desprenda de ellas, no genero ninguna plusvalía ([Valor de venta - 0,63€] en este caso).

Muchas gracias!

No es un script. Lo que ha hecho ING es reinvertir tus dividendos en acciones, por eso no te habrán retenido nada.
En la declaración hay que incluirlo como un dividendo más.

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Muchas gracias Luki, si proceden así sin hacer retención, son correctos los datos que dispone hacienda, estaba dando por hecho que era una operación equivalente a las de script de las compañías.

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Ahi gente que cuando le devuelven lo gastan en comidas, viajes, etc…como si les invitaran

Logicamente no han entendido que es dinero que han adelantado antes, osea te estas invitando tu mismo

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  • Bah! Yo no sé, ni quiero saber, nada de ese rollo de los impuestos.
  • Bueno, en realidad no sabes el significado de esas palabras tan extrañas como devolver o devolución.

Hola, acabo de empezar a revisar la declaración de la renta y ya ando con las primeras dudas.

Sabéis como se introduce correctamente la operación de venta de derechos, veo la de venta de derechos antes del 2017 que no es mi caso, ¿pero si es después?

Si metes como transmisión te pide el número de acciones así que no creo que sea esta opción.

Venta derechos Cellnex

Me parece interesante la cartera de valores para tener todo y pasarlo de una vez.

En 2022 mi empresa me añadió al plan de pensiones y como yo ya tenía uno personal me pase de los 1500€, ¿que opciones tengo?

Buenos días, este año es el primero que pretendo compensar parte de los dividendos con pérdidas de algunas ventas. ¿Hay que especificar esto en algún sitio, o al poner las operaciones con pérdidas y los dividendos recibidos ya te lo calcula el programa de la renta él solo?

Creo que a partir de 2017 la venta de derechos tributa como si fuese un dividendo y está sujeta a retención. Yo echaría un vistazo a los datos fiscales para comprobar que figura como rendimiento mobiliario (junto a los dividendos y los intereses de las cuentas)

Por lo que leí en la ayuda es así pero claro te obliga a poner número de acciones y así descuadra todo. Así que no se si tendré que olvidarme de la cartera de valores de la AEAT

Mirando los datos fiscales que he bajado de hacienda, para la transmisión de derechos de suscripción con retención indican las casillas 0347, 0352, 0603, 0343 y 0350, no lo puedo confirmar porque estoy liado con la cartera de valores, pero de otros años me ha servido la indicación que hacienda hace de las casillas a utilizar.

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