Para intentar mejorar los resultados en las próximas elecciones, podrían acelerar las devoluciones de la Renta pendientes
A mi me dijeron hace una semana que me ingresaban en cuenta y todavía nada. A generar intereses. La madre que los parió.
Hola
Estoy haciendo la declaración con un gestor y me genera una duda esto que me comenta sobre la retención de origen. La cuenta del broker esta en conjunto con mi esposa:
DIVIDENDOS MAPFRE :
Importe Bruto: 67,27€
Retención origen: 0,00€
Retención destino: 12,78€
Datos fiscales Hacienda:
Importe íntegro: 33,63€ yo + 33,63€ mi esposa = 67,26€
Retención España: 6,39€ yo + 6,39€ mi esposa = 12,78€
DIVIDENDOS STARBUCKS (4 pagos dividendos) :
Importe Bruto: 3,49€ + 3,64€ +3,93€ + 8,14€ = 19,20€
Retención origen: 0,53€ + 0,55€ + 0,59€ + 1,22€ = 2,89€
Retención destino: 0,56€ + 0,59€ + 0,63€ + 1,32€ = 3,10€
Datos fiscales Hacienda:
Importe íntegro: 8,16€ yo + 8,16€ mi esposa = 16,32€ - que esto son los 19,20€ - 2,89€ de arriba por lo que se descuenta como gasto los 2,89€ de retenciones en origen
Retención España: 1,55€ yo + 1,55€ mi esposa = 3,10€ - que esto es lo mismo que arriba
Por lo tanto, la retención en origen, cuando llega a España y se declara ante hacienda, esta retención se tiene en cuenta como un GASTO y se descuenta del importe del dividendo como gasto. Por lo que en renta tributáis solamente sobre el dividendo neto ya descontada la retención de origen como gasto. No tributáis
Por lo tanto, no podemos volver a incluir la retención pagada en origen como un impuesto en el extranjero porque ya ha sido deducida como un gasto en el dividendo declarado.
Ustedes esto lo hacen asi? Porque en mi borraron la gestoria no utiliza la casilla 0588
Saludos y gracias
Mucho me temo que en tu gestoría no saben hacer la declaración de la renta con dividendos de empresas extranjeras.
Tampoco me extraña.
El dividendo en origen no es un gasto, es un impuesto que pagas en otro pais que si tiene convenio de doble imposición con España (como es el caso de EEUU) te puedes deducir empleando la casilla 588.
Si no es mucha indiscreción, ¿cuanto te cobra por hacer la declaración? porque te lo podías ahorrar
Salvo que alguien opine lo contrario, eso que expones es incorrecto. Tu gestor no está declarando correctamente tus dividendos procedentes del extranjero.
Se ha de declarar el importe bruto de forma integra, y posteriormente en la casilla 0588 es donde se consignan las cantidades retenidas en el extranjero y que son susceptibles de verse afectadas por los tratados de doble imposición internacional y por lo tanto con derecho a devolución con los límites establecidos en dichos tratados.
Te dejo dos enlaces sobre cómo llevar a cabo dicha declaración de renta en cuando a los dividendos se refiere. El primero de nuestro @jefedelforo, en el que trata de manera mas completa la declaración de renta y el segundo de los amigos de IPP que explican muy bien y de manera más concreta el tema de los dividendos en la renta con varios ejemplos muy sencillos y claros.
Un saludo.
P.D.: Después de esto pásale tu también la factura a tu gestor.
Y tu y @fran cobrarle la formación al gestor.
Desconocimiento o lo que es peor, vagancia por no meter datos en otras casillas.
@fran
@ciguatanejo
Gracias por sus respuestas.
Finalmente he decidido hacerla yo, esperemos que todo vaya bien.
Me di cuenta que ni siquiera tocaban el borrador, asi como venia lo presentaban y ya de movida estaba mal porque los ingresos brutos de dividendos no era correcto (ya habia hecho la declaración con ellos el año pasado). Me querian cobrar 165 euracos…
Saludos!!
Me he equivocado de profesión
Pues yo que hago de gratis la de mi mujer, mis padres, mis hermanos y la de un colega … Estoy pensando si empiezo a cobrar con esos precios me saco un plus que no me vendría nada mal.
Jeje me suena lo de hacer declaraciones gratis a media familia, padres, hermanos, y cuñados, total 9.
Luego me invitan a unas cerves y ya está.
Lo de algunos gestores " profesionales " es alucinante lo que te cobran por hacer gestiones online y otras sencillas de hacer.
Se aprovechan del desconocimiento y falta de interés de la gente y muchas veces las hacen mal.
El gestor de la herencia de mi suegro les ha metido un palo de narices y encima lo ha hecho mal.
Yo calladito, cada vez que les he aconsejado de estos temas no se han fiado de mi aunque les demuestre que tenia razön.
Mezclar dinero con familia error grave.
Ya soy mero observador, que paguen.
Hola, tengo una duda,
El año pasado vení las 4 acciones Kyndril que me otorgaron por el spin-off de IBM.
Las declaré en mi cartera haciendo las siguientes operaciones:
TDD en IBM, 4 acciones, valor 105,76
ADD en KYNDRIL, 4 acciones, valor 105,76.
el tema es que veo que en IBM me salen ahora 16 acciones en vez de las 20 que sigo teniendo.
Alguien sabe como se tiene que poner el spin-off en el programa cartera?
muchas gracias
Segundo año que toca “pagar”. El año pasado hice la declaración a final de junio.
Este año la hice a mitad de mayo.
Me resulta extraño que todavía no hayan pasado por mi cuenta a recoger el importe debido. Habitualmente están caninos.
¿Puede ser que ejecuten los pagos al acabar el plazo de declaración (1 julio)?.
O que están remirando mi declaración (sigue en trámite).
Si haces pago fraccionado hay unas fechas concretas
Calendario de pagos de la Renta 2022: primer plazo
Si el contribuyente domicilia el pago del impuesto, el primer plazo se te habrá cobrado el día 30 de junio. Por el contrario, de no domiciliar el pago, habrá tenido que realizarlo en el momento de la presentación de la declaración.
¿Cuándo se paga el segundo plazo de la declaración de la renta 2022?
En cambio, si el tributario elige el pago fraccionado previsto en la normativa del IRPF y domicilia el pago, se efectúa el 6 de noviembre. De no domiciliarlo, ese mismo 6 de noviembre es también la fecha tope para realizar el pago.
Aunque la AEAT dice otra cosa
el ingreso del importe resultante de la autoliquidación se podrá fraccionar, sin interés o recargo alguno, en dos partes: la primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración
Estoy viendo que el año pasado a mi me cobraron el primer plazo el 30 de junio
Gracias por la información.
Los ricos pagamos de golpe, o eso intentamos.
Empieza a oler mal la cosa. Os tendré al tanto.
Si eliges domiciliacion es el 30 de junio o siguiente dia hábil.
Los plazos para fraccionamiento es 60% el 30 de junio y el resto el 5 de noviembre, o siguiente dia hábil.
Buenas tardes,
Por un tema personal que no viene al caso, me planteo hacer la declaración conjunta, aunque hacerla por separado me saldría más favorable en 80 €. ¿Alguien alguna vez ha presentado la opción menos favorable? ¿Puede ser peor el remedio que la enfermedad y que levante sospechas el tomar la opción desfavorable?
Siento el misterio y gracias por los comentarios.
Saludos
Pues es que sin más contexto no se puede entender que tomes la opción menos favorable, pero no te van a buscar las cosquillas por eso, es decisión tuya.
Como dices que te preocupan las sospechas, no está de más recordar que la presentación conjunta implica la responsabilidad de ambos ante ese impuesto y ejercicio. Es decir, ante una eventual revisión los dos declarantes son codeudores y solidarios entre sí. No por mitades. Al estilo de una hipoteca con dos titulares, para entendernos.
Algunos dramas familiares ha habido cuando el que completa la declaración y el titular de la mayoría de bienes no son el mismo.
Entiendo que temes alguna interpretación que puede hacer hacienda (si fuera un tema claro pagarías y a correr supongo) y que en caso de revisión y de resolución en sentido desfavorable te aplique declaración conjunta si la haces así siendo mucho más gravoso. En ese caso por si acaso haría individual, no tiene porqué levantar sospechas.
Otro consejo es valorar la probabilidad de revisión y cuantía a pagar. A veces es mejor pagar directamente y al pasar el plazo de presentación solicitar “rectificación de la liquidación con solicitud de ingresos indebidos”, en ese caso evitamos la sanción y si hacienda nos da la razón nos devolverá el importe pagado de más con intereses.
Buenas!
Es cierto esto que marco en el artículo?