A ver si me explico algo mejor… si vas a dejar de cotizar por estar exento 20.000€ (por decir algo) esos 20.000€ te reducen tus rendimientos laborales del IRPF y por lo tanto el resto de tu nómina tributa menos que lo que lo hubiera hecho con esos 20.000€ que faltan por que te reducen tu tipo marginal. Por lo tanto, salvo que estés holgadísimamente en el tramo más alto, siempre va a ser mejor dejar de cobrar 10.000 en cada uno de los años ya que hubieran sido los que más hubieran tributado en cada uno de los años. No sé si me estoy explicando mejor.
Perfectamente, era tal y como pensaba que decías. Gracias!
En mi caso el año pasado…
Cuando tú notificas a la empresa el nacimiento. La empresa registra el evento en la seguridad social:
“Alta+de+certificado+de+Otro+progenitor+(Nacimiento+de+hijo)”
y sale una tabla con las bases de cotización tramitadas de las nóminas de los últimos 12 meses, donde, en ningún caso, me aparece a mi ninguna de las 4 pagas extras.
Ten en cuenta que las pagas extras tributan distinto que la nómina normal.
No estoy tan seguro de esto en el caso de las pagas extra por beneficios en mi empresa. A mi mensualmente me hacen el prorrateo de la paga extra de julio/diciembre, dependiendo del momento del año. Y me retienen parte de mi sueldo debido a estas pagas. Sin embargo con las pagas extras por beneficios yo no veo que hagan eso.
Te he puesto mi caso, del resto que comentas npi.
Las pagas extras no cotizan (tributar si tributan, es decir, siempre se descuenta irpf) su cotizacion es prorrateada entre los 12 meses del año.
Los trabajadores tenemos 12 bases de cotizacion al año, independientemente del numero de pagas extra que tengamos.
Si alguno de los conceptos de nuestra nomina cotiza prorrateado, ese importe se divide entre 12 incrementando la base del resto de meses.
En la nomina deberia de aparecer la base de cotizacion de cada mes, de hecho juraría recordar que es obligatorio.
Ya no me deja editar. @HansTopo , lo he buscado y parece que el permiso de lactancia sí tributaría.
El permiso de lactancia tributa, igual que cualquier otro permiso que de la empresa más allá de las 16 semanas que da la SS.
Exacto, es permiso de la empresa y no de la Seguridad social. Y como tal, tributa.
Alguien me sabría decir si un préstamos de empresa al 0%, tributa igual que el sueldo, o tiene alguna deducción por salarios en especie?
De chatGPT
Sí, un préstamo de empresa al 0% de interés a un trabajador se considera retribución en especie, ya que la empresa está otorgando un beneficio económico al empleado (evitarle el coste de intereses). Sin embargo, no tributa exactamente igual que el sueldo en metálico, ya que tiene reglas específicas para su valoración y posible exención.
- Cómo tributa un préstamo al 0% de interés
La Agencia Tributaria considera que el beneficio obtenido por el trabajador equivale a la diferencia entre el tipo de interés legal del dinero y el interés realmente pagado (0%). Esta diferencia se computa como retribución en especie y tributa en el IRPF.
Ejemplo práctico
Si en 2024 el tipo de interés legal del dinero es 3,25% y la empresa otorga un préstamo de 10.000 € al 0%, el beneficio para el trabajador sería:
10.000 € × 3,25% = 325 € → Este importe tributaría como rendimiento en especie.
- Cálculo de retenciones
La empresa debe ingresar la retención correspondiente sobre el beneficio en especie.
El trabajador tributará por ese importe como renta del trabajo en su declaración de la renta.
Si el préstamo es inferior a 3.005,06 €, Hacienda no lo considera retribución en especie y no tributa.
- ¿Se puede deducir como gasto para la empresa?
Sí, la empresa puede contabilizar el préstamo como un gasto de personal y, en algunos casos, incluirlo dentro de las ventajas fiscales por compensaciones a empleados.
Más información oficial:
Retribuciones en especie - Agencia Tributaria
Si necesitas más detalle sobre un caso concreto, dime el importe y condiciones del préstamo.
Son 2.750€ máximo, así que no tributa entonces.
Gracias!
Por fin le han devuelto a la jefa. Más de 4k! Deberían pagar intereses?
2 mil irán a un monetario. 500 para un ordenador para jugar con mis retoños y el resto a esperar que el mar está revuelto!
Si es del ejercicio 2023, juraría que tienen de plazo hasta el 31/12/2024 y que a partir de dicha fecha tienen que pagar intereses.
A mi me devolvieron a primeros de enero y si me pagaron intereses
A mi en marzo y tambien
Exacto así es, desde el 1 de enero de este año hasta que se ordene la devolución. ![]()
INFO OCU
¿Para que sirve el Simulador Renta Web Open?
Con este simulador de renta, sin necesidad de identificación electrónica, podrás incluir tus datos fiscales, los ingresos y gastos del año pasado, deducciones, etc., y de esa manera saber aproximadamente cuál será el resultado de tu próxima declaración de la renta, antes de que esté disponible tu borrador de la declaración el próximo 2 de abril de 2025. En definitiva, permite simular tu próxima declaración de la renta, aunque con él no la puedas presentar.Su utilidad está muy limitada en el tiempo y sería mejor que la AEAT facilitase el simulador a principios del mes de diciembre, como hacen la mayoría de Haciendas Forales, y como hacía antiguamente la propia AEAT. De hecho, de 2004 a 2014 la Agencia Tributaria ofrecía anualmente el simulador en diciembre, permitiendo a los contribuyentes estimar su futura declaración del IRPF y tomar decisiones fiscales antes de finalizar el año. A partir de 2015, la Agencia Tributaria dejó de publicar el simulador de la declaración de la renta en esa fecha.
Evidentemente no les interesa.
El estado SIEMPRE velando por tu bien.
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