Cartera de valores de AEAT NO SOPORTA este tipo de operaciones (lo dice un señor muy majete que parece que ya ha hablado con los programadores ).
Lo que hace para informar del spin off es DESVINCULAR la transmisión de valor (empresa matriz) y la adquisición de valor (empresa nueva), para ello … una cosa que no me gusta, pero me temo que no hay otra, dos operaciones:
Disminuir “manualmente” el valor de compra de la empresa MATRIZ, (en las adquisiciones iniciales pasadas relacionadas con el spin off)
Generar una compra de la empresa nueva, NO vinculada a la MATRIZ
De esta forma:
NO se restan acciones en la matriz (sólo valor)
La empresa nueva tiene un valor de adquisición (spin off) no vinculado.
Nene no guta lo de tocar una compra que Hacienda puede tener registrada con otro valor, … y detesto las dobles contabilidades (legales, excel vs hacienda)
Buenas tardes. Tengo una duda sobre el pago del año pasado de la empresa UNIBAIL. El ingreso en el broker de ING, figura como “devolución de capital”.
En el informe de la agencia tributaria no figura como dividendo cobrado. Es lo único que no me coincide de un informe y el otro
Entendió que esa cantidad no las debo añadir como dividendo, y descontar del precio del compra de las acciones, no.
A ver si alguien me lo puede aclarar.
Muchas gracias
Yo estoy en una situación parecida a la de FELPEYU pero mí empresa es Holandesa y vendí las acciones después de la devolución de capital. En el informe de ING sí que figura como Devolución de capital pero en el de hacienda no. Sabéis si debo declararlo? Supongo que si, pero no se dónde.Gracias
Me olvidé de autoliquidar ganancias por dividendos en el ejercicio 2023 y 2022. Es poco importe, un valor de 10 euros por año mas o menos de ganancia. Tenia unas acciones de una empresa española y recien ahora me di cuenta.
Tambien me aviso AEAT el año pasado pero no preste atencion (con el OT00001).
En este ejercicio 2024, puedo cargar esos ingresos como algo adicional o si o si, tengo que hacer complementarias para corregir 2023 y 2022?
Buenas tardes, una duda que me está surgiendo de primero de renta.
Una persona que solo cobra dividendos en una entidad española (como son ing, Bankinter o Myinvestor por ejemplo), de una empresa Americana, ¿debe rellenar “algo” de forma manual en la renta?
Es decir, entiendo que la entidad ya vuelca los datos, y en el apartado de rendimiento de capital ya aparece que se han ganado “x” dividendos, pero la parte de la doble imposición también viene ya relleno?
Gracias y perdón por la pregunta, pero me estaba dando ahora vueltas la cabeza con ellos.
No sé de otras, pero MyInvestor o bien no informa de la retención en origen, o si lo hace, en el borrador de Hacienda se “olvidan” de ponerlo y hay que introducirlo a mano en la casilla 588
Te puedo decir que XTB te rellena la parte de los dividendos de empresas españolas. El resto no aparecen por ningún lado.
De todas formas, en la información de los datos fiscales de hacienda vienen las casillas donde se refleja esa información, para ver lo que te cuadra (o descuadra) en las casillas 29 y 588
Gracias a ambos. Suponía que algo siempre había que meter
Estaba valorando el introducir a un familiar neófito en el tema de la inversión y buscaba algo siempre que no le complicara nada la vida, pero le interesan las rentas.
Aunque es una limitación grande, entre empresas españolas, británicas y algún país más te puedes hacer una cartera razonablemente maja sin retenciones en origen.
Por mi experiencia, todo con brokers españoles con dividendos ES + USA + UK/UCITS:
El borrador de Hacienda suele tener mal la casilla 29:
El importe integro está mal: NO coincide con el valor total de los dividendos brutos totales en origen (divis brutos de España + Extranjero ANTES de aplicar ninguna retención origen o destino), sino que suelen ser los brutos en destino, después de retención origen (o un mix raro) —> LO CORRIJO
La retención en destino (España) suele estar bien —> LO REVISO
La casilla 588 viene vacía como un diario nuevo de Hello Kitty, hay que rellenarla. —> LO CALCULO Y LO RELLENO
Hola, yo puedo decir que la casilla 29 viene con el bruto total, es decir todas aquellas empresas extranjeras que retienen el origen, figura dicha cantidad en la información fiscal de hacienda.
A mí me coincide a las perfección. Lo único que en la información fiscal no figura es la retenciones en origen, sólo en destino, pero el bruto es el del origen.
Mi broker es ING
El único descuadre del una cantidad bruta y la otra, en mi caso, este año fue el pago de UNIBAIL , que hizo el pago como prima de emisión, sin retención de ningún tipo, y minora el precio de adquisición.
Yo para luego cubrir el 588, tengo un Excel que voy metiendo cada vez que cobro un dividendo donde me retienen el 15% o más, y ya tengo el resultado a final de año. Los países que retienen más del 15%, pues no me coincide con la retención en origen que me pasa el broker, porque no es ese 15%,.
Un saludo
Se me pasó daros las gracias @Raven y @saulo por vuestras últimas opiniones/aportaciones al tema de las devoluciones para los excesos de retenciones de los mutualistas, muchas gracias.
La verdad es que, al menos para mí, es todo muy opaco con este tipo de casos. Hacienda calcula, pero si preguntas sobre cómo calcula te empiezan a dar capotazos arriba y abajo. Además, a estas alturas estas personas, ya todas en edad avanzada, cuando no muy avanzada, les pones delante una devolución de unos miles de euros y los pobres para como están las cosas no se paran a cuestionar practicamente nada. Que no digo que no esté bien calculado, pero que en algún caso como el que os describí con mi padre y en base a las referencias que podemos tener en casa con sus hermanos pues sinceramente a mí al menos me surgen dudas.
Voy a seguir intentando que me terminen de explicar el asunto en modo “para tontos” a ver si así me termino de caer del caballo o al final me voy a tener que remangar e ir a comprar las latas de gasolina. Si consigo algo en claro ya lo comentaré.
Ya levo dos o tres años donde ING no me indica ningún importe de compra de las acciones que vendo. Así que como te despistes es todo ganancia (cuando encima sólo he vendido a pérdidas). No lo entiendo, si me dan todos los demás datos, a alguno más os pasa?
Y encima al ser acciones que compré hace mucho tiempo no me da el “resguardo” de la compra, sino que para revisarlo me tengo que bajar el extracto mensual, donde indica el total de la compra con las comisiones incluidas.
Que sé que es lo mismo, pero me da cosa que en la venta estén las acciones con las comisiones aparte y en la compra estén incluidas en el total.
Creo que ningún broker informa del coste de compra de lo que has vendido porque puedes tener más posiciones abiertas en otro broker con otro precio de compra, entonces hay que discernir cual estás vendiendo.
Bueno señores a los que nos tiene que hacer devolución la Chiqui… hagamos apuestas de la fecha.
Yo los últimos tres años cada año me retrasan más. Primero me empezó a devolver entorno a Nochebuena y este año me lo devolvieron ya en año nuevo el día 3 si mal no recuerdo. Así que apuesto a que me devolverán ya para reyes magos del año que viene.
Buenos días, quería pedir ayuda/consejo a los veteranos de este foro. Hasta ahora había recibido dividendos únicamente de un par de compañías españolas en un broker nacional por todos conocido, por lo que la Renta era relativamente sencilla. A ppios de 2024 comencé a engordar la cuenta que tenía en Degiro con fondos indexados, siguiendo una estrategia de dividendos, el caso es que tras informarme y encontrando una gran ayuda en los vídeos De Santiago Trigo sobre el broker veo que declara todos los dividendos y todas las operaciones (compra/venta) juntas. Comentándolselo a un amigo que trabaja en hacienda me comenta que es preferible detallarlo por entidad. En mi caso es relativamente sencillo pues no acostumbro a vender, en los dividendos ya se me hace algo más faenoso. Resultasencillo declar8ar el importe que llega al broker, quitar la retención en destino (que a todo se le aplique un 19% en mi caso) y posteriormente reclamar la doble retención.
Me gustaría saber como lo hacéis vosotros y si alguna vez os ha llegado algún requerimiento.
Muchas gracias por lo que aportáis al foro y por adelantado a la respuesta de esta pregunta.