Declaración de renta / IRPF

Creo que directamente el programa te lo capa al 15%

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Hice exactamente lo mismo que otros años y alguno fue a devolver también y nunca lo pidieron. Espero que sea algo aleatorio.

Lo rellené según varios artículos como el de cazadividendos. Si algo está mal, que puede ser, ha sido involuntario.

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… o culpa de CZD :rofl:

jajaja, pobre.

Igual en alguno en Europa sí que puse algo más del 15%… Supongo que si es así obligarán a hacer una complementaria y demás.

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A bote pronto y dependiendo de cada uno, la “china” en el zapato más habitual q podría saltar por aquí es el hacer cómputo global y meter todos los brutos juntos por su lado y todas las retenciones juntas por el suyo (hablo del extranjero) y q en el cómputo del bruto se hayan incluido rendimientos de empresas UK o casos como el de PM en los q las primeras directamente no sufren retención y la segunda la sufre pero reducida por ser una 80/20. De ese modo se puede recuperar algo más de aquellas otras retenciones q superan el 15% y q de otro modo no sería posible. Pero, como ya se ha comentado varias veces por aquí, el hacerlo así no es correcto.
No obstante aunq las incluyas el programa limita al 15%, lo q pasa q aunq limite, sigues rascando algo porq estás compensando (indebidamente) con las UK y PM’s de turno.

Un saludo.

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Por cierto, y os recuerdo que “Gran Hermano” está ahí fuera…

Un saludo.

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Si la pregunta es hacia mi, si, cuadraba con la cantidad que yo realice.

De todas formas, en hacienda lo recalculan, y si no cuadra con el importe de tu declaracion, te no notifican.

Si estas de acuerdo, bien. Sino, pues te tocaria hacer una reclamacion.

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La OCU, Hacienda, Chowder … en este foro no hay más que infiltrados!!! :stuck_out_tongue_winking_eye:

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Pues si gran hermano nos escucha, ¿puede por favor Hacienda meterle un toque a determinados Brokers que de forma sistemática reportan los datos de retenciones de dividendos extranjeros de forma errónea, tanto al sufrido contribuyente como a la propia Hacienda? Porque tiene tela que nos llamen a nosotros y no les metan un paquete a estos Brokers…que país…

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Por ejemplo, ING.

El reporte de cada dividendo individualizado lo hace correctamente pero el resumen que le pasa a Hacienda lo hace mal.

Eso es carne de cañón para que hacienda te pida explicaciones

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Bien dicho.

Yo quiero denunciar a la hacienda suiza por retener 35% y no el 15% del acuerdo de doble imposición, acabo de consultar a la embajada suiza en Madrid.

No servirá para nada, pero bueno.

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¡A la hoguera con él!

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Pues me parece una buena idea. Posiblemente no servirá de nada, pero de menos sirve aún no quejarse.
Ya nos dirás que te dicen y, si es sencillo, podíamos animarnos otros. Y de paso Alemania, Italia, Francia en las cuentas omnibus…
Imaginad una denuncia colectiva de 600 foreros poniendo en jaque el desastre fiscal de la UE. Ni la OCU

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Buenos días a todos, me gustaría vuestra opinión sobre asesores fiscales para la realización de la declaración de la renta y sobre todo del documento D720, ya que donde resido es una ciudad muy pequeña y cuando he ido a informarme sobre estos temas y comentas opciones, D720 y otras palabras se escandalizan y me dicen que no me pueden ayudar. Muchas gracias por vuestras aportaciones. Saludos.

Hola a todos.

Hace unos días he recibido un requerimiento de la Agencia Tributaria sobre mi declaración del IRPF con relación a la deducción por doble imposición internacional que he consignado en la misma. En concreto, me piden que justifique cuáles de mis ingresos están sometidos a doble imposición y, lo que es más inquietante, que consiga un certificado de la autoridad fiscal en origen (USA, Francia, UK,… ) que acredite que efectivamente he pagado los impuestos/retenciones que digo en mi declaración. Mis acciones están depositadas en Self Bank y tenía entendido que, al tratarse de un banco español, transmitía toda la información sobre las retenciones en origen a la Agencia Tributaria pero parece ser que no es así. Por supuesto, puedo demostrar que mis ingresos sometidos a doble imposición proceden de dividendos de empresas cuya sede fiscal no está en España pero una cosa muy distinta es conseguir (en diez días hábiles) los certificados fiscales de otros países, más que nada por que tengo entendido que las cuentas de valores internacionales con que trabajan los bancos no son nominativas sino de tipo ómnibus.

Sé que en la comunidad CZD hay muchos compañeros que trabajan con Interactive Brokers y DeGiro y les quedaría muy agradecido si pudieran informarme sobre este tema. En particular, me gustaría saber:

  1. Además de cumplimentar la correspondiente casilla en la declaración, ¿han tenido que realizar algún otro tramite para solicitar la deducción por doble imposición en el cobro de dividendos?

  2. ¿Hay alguien al que la agencia tributaria le haya pedido un certificado de la autoridad fiscal de otro país que acredite el pago de la correspondiente retención en origen? En tal caso, qué pasos siguió.

Muchas gracias a todos.

BandH

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Pues ya lo siento compañero. Me parece una obscenidad que te pidan eso. Con el informe del bróker deberían tener suficiente. ¿Para qué necesitan un certificado fiscal de otro país?

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Una pregunta si me permites, ¿te ponen exactamente eso, que aportes un certificado de la autoridad fiscal en origen que acredite que efectivamente has pagado los impuestos/retenciones que consignas en tu declaración?

Un saludo.

En efecto.

Gracias por responder.

Vale, gracias a ti por confirmarlo. Es que el mes pasado casualmente he visto dos de esos requerimientos y recordaba que no ponía nada explícito sobre certificado de la autoridad fiscal extranjera. Para salir de dudas he pedido que me lo confirmaran y hace un rato me han enviado una captura y pone exactamente “certificados de las cantidades satisfechas en el extranjero por un impuesto análogo al IRPF”.

Desconozco si cada delegación territorial tendrá su propio formulario de requerimiento y esto puede hacer que cambie el texto, pero si no es así y pone esto mismo, yo entiendo que no te están exigiendo un certificado de la agencia tributaria extranjera, sino un certificado que acredite que dichas retenciones han sido efectivamente practicadas, y para este fin un extracto de impuestos y retenciones de tu broker habría de servir. Pues en el mismo estarías acreditando que efectivamente dichas retenciones en origen han sido practicadas sobre tus rendimientos.

Un saludo.

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Gracias, por tu gestión.

Copio y pego

Justificantes de los impuestos efectivamente pagados en el extranjero por tales rentas, donde
se identifique claramente tanto el impuesto pagado en el extranjero como la renta objeto de doble
imposición (certificado expedido por la autoridad fiscal del país donde ha pagado los impuestos)