Declaración de renta / IRPF

Es que el exceso no aplicado del mínimo personal y familiar por insuficiencia de base general te la aplica en el ahorro.

En tu caso al perder la reducción tienes menos base negativa ( o ninguna directamente) con lo que compensas menos haciendo que tú base del ahorro sea positiva después de la compensación.

Prueba a poner menos de 6500 de otras rentas y saca el PDF de la vista previa y luego otra con 6501 y comparas.

Edito: si tuvieras muchos ingresos vas al 19-22-21… De todas la vida, aquí solo va una parte entiendo, pero pasas de pagar cero o devolver a pagar una cantidad que si la analizas puede ser del infinito por ciento (1000 euros por un centimo que te pases por ejemplo).

Antes a esto se le llamaba el tramo de la muerte, y se ponían medallas en el Congreso por haberlo eliminado cuando solo lo han movido, pero aun quedan casos en los que pasa esto, además dificultando el calculo de optimización fiscal al contribuyente.

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Dejó aquí mi sorpresa: Acaban de devolverme el dinero que tuve la obligación de adelantar a nuestro estimado gobierno el año pasado. Este año no han esperado hasta diciembre. Es la típica declaración con minusvalías, doble retención internacional, plusvalías, plan de pensiones y alguna cosa más.

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Gracias por la explicación. Muy bien explicado aunque me va a fastidiar un dineral.

Como dices, es totalmente injusto.
Aprovecho la conversación, ¿el pago fraccionado 60-40 si se elige a transferencia se descuenta hoy dia 25 o el 30 de junio?

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Hola buenos días a todos,

Ayer me llego esta comunicacion de Aeat:

TRIBUTACION EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DE LOS BIENES INMUEBLES DECLARADOS EN EL MODELO 720

Estimado contribuyente,
El objeto de esta comunicación es informarle que entre los datos fiscales que la Agencia tributaria pone a su disposición para la confección del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2024, está el dato fiscal “BIEN INMUEBLE EXTRANJERO”, que incluye los bienes inmuebles declarados por usted en el Modelo 720 “Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero”.

Los rendimientos generados por el arrendamiento de dichos bienes inmuebles deben
incluirse en la declaración del Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, como
rendimientos del capital inmobiliario.

Si dichos inmuebles NO generasen rendimientos del capital inmobiliario, y NO estuviesen afectos a una actividad económica o se tratase de suelo NO edificado, debería declarar una imputación inmobiliaria.

Como los bienes situados en el extranjero carecen de valor catastral, el valor sobre el que se aplicará la imputación inmobiliaria será el 50 por ciento del mayor del precio, contraprestación o valor de la adquisición, prorrateado por su porcentaje de titularidad.

Puede consultar sus datos fiscales del ejercicio 2024 accediendo desde www.sede.agenciatributaria.gob.es, al apartado de Campaña de Renta 2024, y a “Datos fiscales" en Gestiones destacadas, donde una vez identificado, podrá consultar sus datos fiscales.

…
…

Es verdad que he declarado inmuebles en el Mod 720 pero solo tengo la nuda propiedad que también he marcado en el formulario.

¿Alguien sabe si estos inmuebles también deberían estar reflejados en la renta (Mod 100)?

¿A lo mejor hay la opción de informar sobre ellos y marcar la opción de nuda propiedad y asi no tributan? He mirado el apartado de inmuebles pero no encuentro la opción de seleccionar “nuda propiedad”…

Muchas gracias de antemano por si alguien me puede decir si tengo que poner la nuda propiedad de los inmuebles en la renta (IRPF - Mod 100).

Un saludo

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Si, es una putada.

Hoy 25 último día para domiciliar, pero lo cobran el día 30.

Si pasamos de hoy hay que pagar con NRC, tarjeta o bizum (si, para pagar se puede hacer bizum, para devolver, ya tal).

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Yo uso programa profesional y me deja marcar la muda propiedad pero en renta web no te se decir aunque me suena que alguna vez que entre no vi la clave para marcar la muda propiedad.

A malas tocaría no ponerlo y adjuntar escrito por si acaso explicando y adjuntando documentación acreditativa.

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Screenshot_2025-06-26-10-59-50-474_com.microsoft.office.excel

Aviso que tiene el Excel de control de mi pareja y el de mi hijo.

:rofl::rofl::rofl:

Una lección cara, pero no se te va a olvidar (@STOCKBLLL) en la vida.

Menos leerse la cuentas anuales de las empresas y más jugar con el open renta web.

Nuestro mayor enemigo/peligro es hacienda y lo sabes …

Por eso para el curso que viene se van a pasar por el cole para decir lo contrario

Una inyección del profesor Bastos antes y después de la sesión de hacienda y tendréis los hijos como nuevos. :money_mouth_face:

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@ifrobertocarlos ¿Y si eres IF como haces para no pasarte de esa cifra? A parte, y yo desconocía este dato, tal y como lo estáis presentando, si a final de año ves que te pasas de esa cantidad por digamos 50 euros, compensaría perder esos 50 euros a propósito. Me parece una cosa muy importante para tener en cuenta porque caer en la trampa no iba a hacer gracia.

Son ganancias/plusvalías, no son ventas.

Imagina que tienes unas acciones que valen a día de hoy 18.000€ y cuyo precio de compra fue de 12.000€. Les estás sacando un 50% :clap:

Si las vendes deberás declarar a hacienda los 6.000€ de plusvalías.:+1:

0€ en impuestos y 18.000€ para gastos de la vida IF.

Ahora imagina que tu mujer y cada uno de tus hijos hace lo mismo.

18.000€ x 2= 36.000€ libres de impuestos
18.000€ x 3= 54.000€ libres de impuestos
18.000€ x n= :money_mouth_face::money_mouth_face::money_mouth_face:€ libres de impuestos

Estos datos son para ventas que tienen un 50% de revalorización, pero puedes jugar con minusvalías, valoraciones inferiores, superiores, planes de pensiones y así fabricarte tus ingresos y “casi decidir” la cantidad de impuestos que vas a pagar.

Y como a mí me gusta pagar pocos impuestos me divierte buscar la manera de esta forma.

Nota: si ganas 10.000€ en dividendos, todo es plusvalías y ya tendrías que pagar desde los 6.xxx€ exentos que te correspondan por tu situación personal (pareja, hijos, etc.)

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Cierto es que estaba pensando en dividendos puros y con ventas sale mejor. Pero aún así me encuentro confuso. Hablas de libres de impuestos, pero del 19% de la plusvalía es imposible escapar.
Estuve buscando la fuente de la información y de lo que estamos hablando creo que es esto (Agencia Tributaria: 7.1.6. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo).
Es decir, en todo caso solo aplica si las rentas del trabajo son bajas, pero está bien tenerlo en la cabeza.

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Impossible is nothing

El 19% es lo que te retienen de las plusvalías en la venta del fondo, 0% si lo que vendes son acciones. Luego al hacer la declaración te lo devuelven todo si no te pasas de las cantidades exentas.

Yo, o no trabajo o trabajo un mes al año. me pagan bien, pero no suelo pasar de las cantidades máximas para poder usar esos “beneficios”.

Lo dicho, usar Open Renta Web es muy utíl para llevarlo todo “controlado”.

Renta 2024

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Hacienda recomienda que inviertas para obtener los máximos dividendos posibles. Tú estarás más tranquilo, y ellos también.
:zany_face:

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Desconocía esto… estoy lejísimos de llegar a 6500 de rentas del ahorro, pero está bien saberlo.

Gracias!!

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Hola Raven,

muchas gracias por tu ayuda.

He llamado varios veces a la AEAT y cada vez me informaron que no hay que declarar la nuda propiedad en la renta / IRPF (prefiero llamar varios veces para estar más seguro …)

Así que creo que simplemente no lo voy a declarar y esperar que es lo correcto …

También encontré esta información:

Allí dicen que no hay que declararlo pero es confuso porque en muchos otros sitios web lees que hay que declararlo, pero quizás no investigaron adecuadamente…?

Muchas gracias y un saludo, Mario

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Un poco tarde ya (perdona que he tenido mucho lío estos días) pero a ver si me acerco al despacho y te confirmo lo que traspasa a la renta cuando marco en mi programa la nuda propiedad

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No entiendo la duda. Si solo se tiene la nuda propiedad, ¿por qué imputarse un rendimiento cuando el uso y disfrute lo tiene otra persona?

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Efectivamente al poner Nuda propiedad directamente no aparece en el modelo 100.

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Perfecto. Muchisimas gracias por confirmar. Un saludo y buena tarde!

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Más de un mes después y todavía sin avanzar con la declaración, apesar de todo bien explicadito (justificante del Ayuntamiento aportado)… y uno sin saber si tiene que hacer algo más, o és así de lento todo… :woozy_face: Silencio administrativo de alto nível…

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