Con las acciones UK, efectivamente no tienen retención origen, y como las tengo en Degiro, tampoco me han aplicado nunca retención destino.
Cuando y como pagare la retencion de esos dividendos? hacienda sabrá por la casilla 29 (suma de todos los divis, ESP, UK, USA…) que me falta por pagar ‘x’ y me lo cobrara?
Por el otro tema, me refería mas a la disparidad de datos entre la documentación que ofrece por ejemplo degiro y los datos de lo que realmente se acaba cobrando.(segun degiro he cobrado un total de 230 euros de dividendos USA, pero según mi excel he cobrado 242 euros.
Si pongo los datos en la declaracion de mi excel, como demuestro yo a hacienda si me reclaman que la cantidad es buena si en el papel del broker (el unico que tengo para demostrarlo) dice otra cantidad?
Efectivamente, cuando se consigne la cantidad total bruta percibida como dividendos en la casilla 029 y se consignen igualmente las retenciones practicadas a los mismos el sistema comprobará que no son las que deberían de haber sido y obrará en consecuencia.
Con respecto a lo que dice @faemino, de esos 15 € que retienen en origen, al aplicar la deducción por doble imposición internacional la devolución neta que originaría en la declaración serían esos 12.15 €, ya que efectivamente a esos 15 € que se devolverían se les aplicaría el 19% de retención por la hacienda española, obteniendo los citados 12.15 €. Pero la cifra a consignar en la casilla 588 son los 15 € retenidos en origen, no los 12.15 € que finalmente son devueltos si procede.
En cuanto a la disparidad de datos entre las cifras reales y las reflejadas en los informes del broker … también va a depender un poco de qué broker se trate. Por ejemplo, en el caso de ING que es el conozco, en el extracto resumen fiscal que facilitan las cifras que consignan referentes al bruto percibido en dividendos extranjero y retención practicada son erróneas, pero en el extracto individual de cada pago de dividendo las cifras están correctamente reflejadas. Con lo que llegado el caso se trataría de justificar los números con el extracto individual de cada movimiento/pago. Esto ya queda a la voluntad de cada uno, si son pocos pues no es mucho trastorno, pero si son muchos ya la cosa es mas pesada. A mi me hicieron una revisión el año pasado y yo había consignado las cifras reales, y para justificar los números adjunté los extractos individuales de cada pago y además el extracto resumen general y además expliqué por escrito adicionalmente el error que ING comete en sus informes resumen al reflejar el bruto de los dividendos percibidos en el extranjero. Mis pagos en ING eran pocos, con lo cual no se hizo pesado. No obstante si te reclaman una revisión, toda la documentación puede ser aportada telematicamente, con lo cual tampoco se hace complicado el aportar dichos justificantes aunque sean muchos.
No obstante desconozco si en Degiro y demás brokers en los que se pueda dar esta circunstancia discrepante se da también el hecho de que en extractos individuales sí se consignen correctamente las cifras.
Pues en ese caso, no te reclamarán nada, ya que vas a pagar más impuestos de lo que te corresponde.
A veces nos preocupamos demasiado.
Qué diferencia hay para hacienda?:
Cobré 100€ y me retuvieron 19€.
En el Excel del broker se confunden y multiplican x2. Dicen que cobré 200€ y que me retuvieron 38€.
La implicación para el resultado de la declaración es nula o prácticamente nula (a no ser que esos 100 a más salrten de tramo y en vez de 19% sean 21%). Estarias timando a hacienda 2 €. Cuanto cuesta abrir un procedimiento… ? Ni se molestan. Solo investigan si la diferencia entre lo que piensan recaudar y lo que recaudan es de x€. Unos años más x€ y otros menos x€.
Pregunta ético/moral.
Que harías si cobras 100€ y te retienen 19, pero el broker dice 100€ y 50€ de retención. Pones lo que dice el broker para que no investiguen y engañas ha hacienda o pones lo que cobraste realmente?
Yo solo he tenido problemas con hacienda por que el brokers imputó una ganancia de un tipo en otro tipo. Como a mi me perjudicaba económicamente, lo puse bien y hacienda reclamó. Evidentemente yo gane. Pero creo, que si se equivocan a favor ni me voy a molestar, para por encima tener que dar explicaciones. Que se ganen su sueldo y aprendan como hacemos nosotros. A veces les queremos dar todo mascado.
El año pasado me pasó como a muchos de vosotros la solicitud de explicaciones por los dividendos en entidades que no informan a la hacienda española. Les mandé la hoja del broker sin explicaciones ni gaitas, que calculen ellos si quieren. Gracias a que las declaro ya pago más impuestos, como para tener que explicárselo … que se muevan ellos.
a eso yo le sumaria que ya se podrían currar un poco mas los formularios y hacerlos mas inteligibles, que mira que le ponemos horas nosotros que se supone que sabemos algo, y aún así tenemos año tras año las mismas dudas…
Hola!
He recibido una notificación de Hacienda para que aporte los justificantes de la deducción por doble imposición internacional de la declaración del irpf de 2017.
Al ir a buscar los justificantes me han surgido dudas de si hice bien la declaración de 2017.
De un broker extranjero (sin retención en España) en uno de los dividendos tenía la opción de recibir efectivo o bien acciones.
Decidí recibir acciones, pero declaré este dividendo como si lo hubiera cobrado y deduje la retención que hubiera habido en caso de haberlo cobrado en efectivo, porque la cantidad de nuevas acciones recibidas correspondía al número de acciones equivalente al importe del dividendo una vez practicada la retención en origen.
No sé si la declaración está mal hecha o no, pero es evidente que no tengo ningún justificante que pueda acreditar la retención en origen que de forma efectiva se practicó.
¿Alguien puede orientarme?
Muchas gracias
Ahora mismo estoy estudiando, no percibo ninguna renta ni ganancia de nada y por lo que tengo entendido el mínimo exento tema dividendos son 6000€ (si no trabajas) pero luego miro en la página de la agencia y pone ganancias patrimoniales a partir de 1600€ obligadas a declarar, si alguien me puede aclarar esto (?) por lo que tenía entendido no tenía que declarar absolutamente nada mientras yo siguiera así y mis dividendos no superasen los 6000€ anuales. Directamente ni tener que hacer la declaración vaya
No recuerdo el listón exacto, lo que si sé, es que si haces la declaración te devolverán todo lo retenido y si no la haces ganamos todos menos tú.
¡¡¡OJO!!! No confundir la no obligatoriedad de realizar la declaración con no pagar impuestos.
Mi pareja y mi hijo no están obligados a realizar la declaración de la renta, ninguno trabaja, pero si no la hacen se quedan sin todo lo retenido.
La declaración se debe hacer siempre.
Que te sale a pagar y no estás obligado a hacerla, pues no la entregas.
Que te sale a cobrar y no estás obligado a hacerla, pues la entregas y te devuelven lo tuyo.
Vale gracias, entonces como dices al no estar obligado a hacerla si me sale a pagar me olvido, perfecto.
Entiendo que los 6000€ exentos significa que si cobro 6000€ brutos tengo 6000€ netos, no tengo que declarar el 19% por el dividendo, pero me conviene hacerla para que me devuelvan lo retenido que sería la diferencia entre lo que retienen en otros países -15% ¿no?
No hay que declarar el 19% o el 12,5% o el 30%, se declaran los euros retenidos. El programa ya sabe si te tiene que devolver o no.
Cuando pasas de 6.000 el broker no te retiene el 21%, ni al pasar de 50.000 el 23%. Te retienen a cuenta el 19% (algún broker ni eso), y al hacer la declaración y dependiendo de el resto de tus ingresos el programa ya te dice si pagas o cobras.
Lo importante es poner lo que realmente te retienen en euros, no un %, ni 19%, ni 21%, ni 12,5%, ni 30%, ni 15%,…
Solo en la doble imposición debes tener en cuenta los límites existentes.
Teniendo en cuenta que tengo 0 ingresos entiendo que siempre me va a salir a cobrar si me han retenido en el broker.
Por otro lado el tema de la doble imposición se puede recuperar con los convenios, entiendo que por ejemplo en Suiza es un 35% sobre el dividendo, imaginemos que me dan 10€, son 3,5, sobre los 6,5 restantes me aplican el 19% (1,235) y recibo 5,265, pero al reclamar me devuelven un 20% sobre los 10€ iniciales de vuelta no?
Te van a devolver lo retenido en España (1,235€) y solo el 15% de 10€ (1,5€), corregidme los fiscalistas . Acabas perdiendo un 20 % en Suiza si no eres capaz de hacer que los helvéticos te lo devuelvan. No recuerdo la facilidad del proceso para reclamar a la hacienda helvética. En alguna parte del foro se explica.
Yo creo que hiciste la declaración correctamente suponiendo que esa empresa extranjera hiciera un DRIP, no así si fuera un SCRIP. ¿Cómo demostrarlo? De alguna manera el broker te dará importes de dividendo y de precio de compra de esas nuevas acciones y ahí se debería de ver que faltan unos importes que serán las retenciones.
En situación de IF exento (<6000), IB te quita el 15% en origen pero no te quita el 19% de España, se hace la declaración para reclamar ese 15% y ¿como ponéis lo del 19%?, no tendría mucho sentido que te los quiten para devolvértelos después.
Tienes que poner en la declaración lo que te quitan de verdad y luego el programa ya te devuelve lo que debe ser.
El problema con IB creo que surge en el detalle de que si no tienes retenciones (19%) por ser español, luego hacienda no tiene de donde devolverte nada. Habría que probarlo, pero poniendo:
Ejemplo:
Cobrado integro en USA: 1.000 €
Retención por doble imposición (15% si ya tienes el W-8BEN): 150 €
Retención por ser español (19%): 0 €
Creo que el resultado sería 0 €, no te devolverían nada de lo retenido en USA, a no ser que tuvieras otras ganancias con retenciones de las que puedas restar.
Si lo que hablas son de acciones españolas en IB que te retienen el 15% solamente, supongo que pasaría lo mismo. Metes los datos y siguen sin devolverte nada.