Declaración de renta / IRPF

Me vais a obligar a tener que hacer la encuesta de cuánto cobramos. Demasiado trabajo y aún no he visto el money por ningún lado.:rofl::rofl::rofl:

“rentas pequeñas” jajajaja
Estáis a otro nivel :rofl:
Os envidio (envidia sana)

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Vamos a suponer que vendes una accion con pérdidas y extranjera en diciembre 2020. Llega mayo 2021 haces la declaracion de la renta y compensas esas pérdidas. Pero el mercado cambia y en Julio 2021 por ejemplo las vuelves a comprar porque han bajado mucho o cualquier motivo. Automaticamente hacienda en cualquiera de los cuatro años siguientes podrian investigarte y multarte por incumplir la norma antiaplicacion de un año y un mes, a no ser que hagas una complementaria de ese ejercicio antes que te notifiquen. Las leyes son bastante absurdas y dificiles de cumplir o es que me pierdo algo.

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Efectivamente, debes hacer la complementaria, ya que la has vuelto a comprar antes del año y 1 mes.

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Una pregunta: ¿por qué habláis de un año y un mes?

Los periodos son de dos meses para mercados regulados europeos y un año para el resto, ¿no?

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Correcto, un año para el resto. Lo de mes sobraba

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¿Has estado en prisión? :joy:

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O casado…

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Hola, soy nuevo y tengo una duda con respecto a declarar beneficios/perdidas de mi cartera.

Estamos obligados a declarar esto, ok. Supongamos que en un año gano 100€. Esto debo declararlo también. Pero si no lo declarase, Cómo sabe hacienda 1 que no lo he declarado y 2 que ese dinero procede de beneficios de acciones?

Hay un limite de ganancias donde les saltan las alarmas del mismo modo que hay un limite para transferir dinero (10k) desde el extranjero antes de que tu banco les avise?

Gracias por la aclaración

Ni idea de las alarmas de hacienda. Por regla general lo mejor es hacer las cosas bien, pero cada uno es dueño de sus actos.

El problema que tiene esta estrategia, es que un año hagan comprobación general de beneficios y pérdidas, como este año parece que están haciendo de dobles dividendos internacionales, descubran tu pastel y tiren 4 años hacia atrás por 21€ al año. Te estás jugando sanciones por importe bastante superior

Pero lo dicho antes, cada cual hace lo que quiere y como dijo una amiga abogada, asesinar sólo es ilegal si te pillan.

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No, yo no he comentado que esté haciendo o no haciendo. Solo busco información ya que es un tema que desconozco y no sé como funciona. Del mismo modo que un familiar/amigo te ingresa 100€ en concepto regalo y deberías declararlo. O las ventas de Wallapop también se declaran… Mi duda es cómo saben ellos eso.

Todos los brokers nacionales le pasan los datos a Hacienda, incluida la venta de acciones.

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Y las ventas de Wallapop imagino que las declaras si tienes una plusvalía, no suele ser el caso. El comprador si debería pagar el ITP.

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Ahh que interesante. Y si mi broker esta alojado en UK? O Alemania?

Depende de donde tengas puesto tu residencia en ese broker.

Efectivamente. Hacienda tiene al céntimo las compras y ventas que has hecho de brokers nacionales. Lo que no tiene son las plusvalías/minusvalías. Dependiendo de los filtros que cada año pongan tu declaración puede pitar o no.

Ejemplo 1: Tienes 3000€. Te pasas todos los días del año tradeando con Enagás (compras 3000 euros por la mañana y los vendes por la tarde). Al final del año las ventas acumuladas superan el millón de euros. El ordenador de Hacienda pita
Ejemplo 2: Tienes 3000€. Te pasas todos los días del año tradeando con Enagás (compras 3000 euros por la mañana y los vendes por la tarde). Al final del año las ventas acumuladas superan el millón de euros. No declaras plusvalías/minusvalías. El ordenador de Hacienda echa humo. Tienes un requerimiento en el buzón de tu casa.

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Gracias me queda más claro. Aunque del millón de euros pasaría a 1.000 € como mucho en mi caso sería más realista…

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Buenas tardes foreros.

Espero que este sea el hilo adecuado para preguntar eso.

Este año va a ser mi primer año de declaración de la renta con este proyecto de inversión por dividendos.
Tengo mi documento excel donde voy apuntando mis dividendos (en euros post retención del 15% en origen USA), pero exactamente no sé que columnas debería crear para organizarme mejor y apuntarlos de cara posteriormente a rellenar la declaración o cálculos/sumatorios pertinentes.
¿Alguno me podría decir que información recabar principalmente para ello?
Espero haberme explicado, gracias como siempre de antemano. :slight_smile:

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Los datos que necesitas conocer para ponerlos en la declaración a brochazo gordo serían:

  • suma de todos los dividendos brutos percibidos de cualquier empresa
  • suma de las retenciones aplicadas sobre los dividendos percibidos y pagadas en España
  • suma de los dividendos brutos de empresas extranjeras sujetos a retención en origen (es decir sin UK y similares)
  • suma de las retenciones practicadas en origen sobre los dividendos brutos de empresas extranjeras (con maximo del 15% individual por dividendo cobrado)

Los dos últimos puntos son de cara a la reducción por doble imposición internacional. El segundo punto, en caso de que uses un broker extranjero que no aplica retenciones en destino (como IB) será cero si todas tus empresas son extranjeras, y en caso de que tengas allí depositadas acciones con ISIN español será solo la suma de las retenciones aplicadas a los dividendos de dichas acciones.

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Ufff me acabo de atorar. He leido el comentario 4 veces ya y no me entero :see_no_evil:.
Cenare y volveré a leerlo con una libreta en mano.
Muchas gracias