Declaración de renta / IRPF

Yo también lo hago como dices, solo matizo que en la primera casilla del 588 pongo los dividendos BRUTOS que han tenido retención en origen; es decir, no meto los españoles ni los británicos…

De todas maneras la guía del jefe aún siendo del 2019 creo que, al menos en la parte de los dividendos, sigue siendo válida:

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Quizás resulte una pregunta muy estúpida pero: ¿Alguien marcó la casilla de recibir o pagar el IRPF con cuenta bancaria de país europeo y por tanto no con IBAN que comience por ES? Nunca antes me percaté de esa nueva opción que éste año parece estar disponible. Desconozco si seleccionar dicha casilla le ponga a uno en el radar de la AT.

Será por los neobancos online que casi ninguno tiene IBAN español y muchos ya dejan domiciliar cosas

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Muy interesante opción para tener pequeña partida en cuenta bancaria domiciliada fuera de España pero en € por si las moscas, siempre y cuando no suponga un marcaje extra y ultradefensivo de la AT.

Cómo hacer la declaración de la Renta si tenemos o hemos ganado dinero con Bitcoin u otra criptomoneda

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Muchas Gracias asi lo entiendo yo tambien. Otra pregunta. ¿Como en hacienda no se van a enterar por los datos enviados por ING, existe algun apartado para enviarles mis exceles y cálculos, o es mejor esperar a que los pidan y nos faciliten la forma de enviarlos??
Gracias Señores…

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Yo en mi caso me espero a que me digan lo que necesiten que les envíe. Hace años me enviaron una “paralela” mostrando los datos que no les cuadraban. Les envié mi “excel” y resto de documentación de los brókers pero me dijeron que mi excel no lo querían, que ellos querían los documentos oficiales de los brókers. Al final estuvieron de acuerdo con los datos que puse en la declaración.

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Increible, “El pago de su devolución se realizará en 4 días hábiles”, o he tenido suerte o este año van más rápido :-).
Soy deMadrid y broker es ING, además modifico el bruto de los dividendos mal informado por ING y añado la doble imposición.
El año pasado no me solicitaron información adicional, pero me hicieron comprobaciones (supongo que por la doble imposición) y me pagaron si no recuerdo mal por Octubre.

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Perdonas pero, donde se ve el estado de la declaración?
(es la primera vez que la hago vía web y no tengo ni idea)

Gracias

Yo lo miro desde la APP para el móvil, pero se puede consultar también desde la web.

Pongo link de hacienda, donde explica como consultarlo.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/_comp_Consultas_informaticas/Categorias/Presentacion_de_declaraciones/Renta/Consulta_de_datos__expedientes_y_estado_de_la_tramitacion/Consulta_del_estado_de_tramitacion_de_una_devolucion_de_Renta/Consulta_del_estado_de_tramitacion_de_una_devolucion_de_Renta.shtml

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Muchas gracias, lo miraré :slight_smile:

Qué día enviaste la declaración? Gracias

“Su declaración está siendo comprobada” :sob:

El 16 de Abril la presenté.

Este año ya entregué mi declaración de la renta. Pero más tarde, pensando en ello me he acordado de que no me metido un pago de unos 800€ que me ingresaron en cuenta por unas encuestas que llevaba haciendo desde hace varios años.

El tema es que me planteo incorporar el pago pero no se en qué concepto ni que tipo de renta sería. Alguna sugerencia? Rendimiento del trabajo?

Si lo incorporo y lo modifico, no creéis que podrían mirar con más lupa mi declaración? (Yo creo que el resto está bien… pero menudo rollazo que abran una paralela).

Buenas,
Por error en la página de la Agencia Tributaria, en renta web, al clicar la declaración de la renta del ejercicio 2019, di a “nueva declaración” en vez de a “continuar” y ha desaparecido la presentada en su día. Necesito presentar una declaración complementaria de la misma, pues me he dado cuenta de que hay un error y tengo que presentar la complentaria. Agradecería me respondiérais cómo puedo recuperar esta declaración, dado que solo puedo acceder a una nueva declaración, es decir, como si NO la hubiera presentado.
Muchas gracias y un saludo

Buenas a todos, hacia mucho que no escribía por aquí… cada vez tengo menos tiempo para todo :frowning:
El caso es que estaba haciendo la declaración y por suerte o por desgracia me sale a pagar, iba a enviarla cuando me ha asaltado una duda y he pensado que tal vez alguno de vosotros me sabría ayudar. No supero el máximo para la renta obtenida por rendimientos del trabajo, ni tampoco la supero para los rendimientos del capital mobiliario/ganancias patrimoniales. Si solo tuviese una de ellas no estaría obligado a presentarla aunque me salga a pagar no? La duda es, si tengo rentas obtenidas de ambas eso me obliga a presentarla sin tener en cuenta estos máximos? tal vez es una pregunta estúpida pero prefería preguntarlo y estar seguro.

Adiós a la declaración conjunta:

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Esta medida me parece lógica. No tiene sentido que dos parejas con los mismos ingresos e hijos paguen diferente por estar o no casados.

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Dicen que es para incentivar la incorporación de la mujer al mercado laboral (con dos c.). Pero lo único que va a incentivar son divorcios para que el que el miembro que no trabaja pueda cobrar ayudas.

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