Declaración de renta / IRPF

Buenas, increíblemente me acaban de indicar que se ha ordenado el pago de la devolución… 5 días después de enviarla! Y pensar que la del 2020 me la devolvieron en noviembre…

Con respecto a lo de cartera de valores es la primera vez que he tenido que mirarlo porque es la primera vez que he vendido, y eso era un caos. Yo me lié a corregir una por una con los datos que considero que son los correctos para que cuadre todo.
Luego consulté a los amigos del blog invirtiendopocoapoco y me comentaron que pasando de lo del programa ese de cartera de valores. Metes a mano el TOTAL de compras y el TOTAL de ventas para sacer la plusvalía (o minusvalía) TOTAL y a correr. Y yo tirándome una hora con los puntitos amarillos y rojos… lo probaré así para la próxima.

Tengo una consulta, seguramente estúpida, pero que ahora mismo no caigo. Si los datos del borrador son incorrectos, por ejemplo la cantidad de compras o ventas y la pluvalía, etc. ¿pueden darte por buena la declaración? Y te devuelven esa cantidad. ¿Pero en un futuro decir “eh esto estaba mal, lo corriges o te multo”? ¿Esto va así, no?

Si los datos del borrador son incorrectos según la ley es tu responsabilidad corregirlos. No te va a servir de nada decir “es que me hice el loco y lo dejé tal cual” :rofl:, quiero decir que no te va a servir de nada decir “es que era la información que ustedes los señores de Hacienda, que tantos medios tienen, me dieron y yo me confié en que era cierta”.

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Buenas tardes. Tengo una duda en cuanto a una vivienda de alquiler, para los gastos deducibles. Resulta que la reforma de un baño de la vivienda de alquiler que estaba bastante viejo, pero se podía usar, pues no sé donde meterlo.
si en :Gastos de reparación y conservación e intereses y otros gastos de financiación de 2021 o Amortización de los bienes muebles cedidos con el inmueble.
Porque luego una reparación de la lavadora y cambio del Wc que se estropeó, supongo que debería ir en “Gastos de reparación y conservación”, pero tampoco estoy muy seguro.

A ver si alguien puede saber donde meter eso conceptos o como interpretarlos
Un saludo
Gracias

Perfecto Gracias de verdad. Y los rendimientos de capital mobiliario negativos de otros años sabes si se los puedo meter a mi padre en la declaración y como hacerlo? Me refiero podría poner el total de los 4 años o nada?

Dale un vistazo a este video dónde se habla de ello:

Saludos

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Si la reforma del baño ha sido una mejora, no se puede deducir la obra como gastos de reparación, lo deberías de ir deduciendo, vía amortización, todos los años, creo que era el 3% anual. La reparación de la lavadora y el cambio de WC, si es de poco importe, sí que lo puedes incluir como gastos de reparación y conservación y deducirlos en el año 2021.

Gracias por la respuesta.
Si, es un 10% de los bienes muebles. Pero entiendo que lo podría meter este año. El próximo ya no
Un saludo

No tengo ni idea.

He encontrado este enlace donde lo explica. No sé cuan fiable será pero yo lo utilizaré de guía para introducir los FMM.

He preguntado en Hacienda, y me han dicho que lo meta como reparación, conservación. Así que así lo haré. Me sale mucho mejor, pero no sé si estará bien. Porque me ha dicho eso una funcionaria que le planteé el tema, pero claro, igual luego viene otr@ la revisa, y no coincide con esa apreciación.

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He entrado al borrador de la declaracion y en el apartado de “cartera de valores” tengo algunas acciones que ya no poseo en rojo(error), y otras en amarillo.

Es necesario cambiarlo? Son acciones de hace un par de años que ya no tengo.

Como se ponen los spin off en el programa cartera de valores?

Pongamos que el valor A tiene 80%
Y el nuevo valor B que entregan el 20%

muchas gracias

Una ‘laguna’ en la app de la Renta deja sin computar las pérdidas de años anteriores.

Los contribuyentes se ven obligados a completar de forma manual la liquidación enviada por la Hacienda foral.

Por lo que pone sólo afecta en Bizcaia, pero esto de que se olviden las minusvalías de años anteriores pendientes de compensar parece memoria selectiva un pelín orientada…

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Pues me ha quedado mas o menos un euro pendiente de computar con perdidas de 2018-2019 con ganancias del año pasado. Ya se acabó hacer cuentas.

Ahora tengo una cosa seria que consultar, mi cónyuge en gananciales que no trabaja desde hace varios años, puede abrir un plan de pensiones ahora aun no teniendo ingresos? mas allá de que hacemos la declaración conjunta, no le consta ingresos.
Me gustaria poder ingresarle cada año a su pp para deducción, pero no me quiero pasar de listo.

Parece que se puede:

“Aportaciones a favor del cónyuge: además, si tienes un cónyuge que gana menos de 8.000 € al año (en su base imponible general), podrás aportar hasta 1.000 € a los planes de pensiones de tu cónyuge y deducirte esta aportación de tu base imponible general.”

Lo he sacado de aquí debajo:

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Sí, gracias, ya sabía que se le puede aportar lo que dudo es si en la situación que está puede abrir un plan, hasta la fecha no tenía.

Se supone que las aportaciones las haces tú a favor de tu conyuge.

Que sí, que lo que no sé es si puede abrir un plan de pensiones o debe tener ingresos para ello. debe de tener un plan donde hacerle las aportaciones pero igual si se hace ahora no está bien hecho.

Que no, no hace falta que tenga ingresos, por eso las aportaciones las haces tú a favor de tu conyuge.

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Perdondad, pero no paro de leer y debo ser muy torpe.
Yo tengo 43 acc de Realty y me dieron con el spin off 4 de ONL. Según ING valor de adquisición, cero.
Debo de apuntar algo en el IRPF?
De ser así, en que casilla y por que cuantia?
O del contrario sólo cuando se vendan esas 4 accs, deberé incluirlo con valor de adquisicion, cero, es decir todo plusvalia?
Gracias.