Doble imposición

Me acaba de llegar la notificación electrónica de que mi justificación por la doble imposición, la dan por correcta, y procederán al ingreso de mi declaración no se cuando, pues nada, hasta el año que viene que volveran a la carga con el tema.

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Pues sigo de viaje y no he abierto la notificación, peeeeero acabo de recibir otro SMS de la agencia que se ha ordenado el pago de la declaración!

El fin de semana que estoy de vuelta lo revisaré todo

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¡Enhorabuena!! Y ya te temías lo peor

Otro “No procede regularizar la situación tributaria” por aquí tras haber aportado el mes pasado la información fiscal.

Así que ahora a esperar la devolución que será antes de fin de año para que no genere intereses.

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Ayer recibí la notificación de Hacienda confirmando la doble imposición y la devolución del importe en los próximos días. Han tardado un poco pero una cosa menos.

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Sabéis cómo pedir en IB el importe de los dividendos del año pasado y su retención? :person_facepalming: No me acuerdo…

Me contesto, por si a alguien le pasa: tiré un informe de actividad del año pasado, y entre otras cosas proporciona esos datos necesarios para la declaración de aeat.:slightly_smiling_face:

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2027!! Que cierto es que las cosas de palacio van despacio.

No cuento con vivirlo :joy:

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Para tener opciones de volver a medio funcionar en condiciones, igual sería condición sine qua non plantearse despedir como mínimo a la mitad de los burócratas europeos :person_facepalming:t2:

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Pues llegó el temido día: procedimiento de comprobación limitada para la Renta 2020. El tema principal es lo de los dividendos cobrados en el extranjero y la doble imposición internacional: 245,60 € tienen la culpa de todo.

La Hacienda autonómica es de Cantabria y mi Broker es Interactive Brokers, así que imagino que no les consta nada en absoluto y por eso me lo piden. En concreto solicitan:

  • Justificantes de todas las rentas obtenidas en el extranjero por dividendos, intereses y otros
    rendimientos del capital mobiliario, indicando, en su caso, la casilla del modelo 100 en el que se han
    declarado estas rentas.
  • Justificantes de las retenciones soportadas o los impuestos pagados en el extranjero por las rentas
    anteriores.
  • En el caso de que estas rentas estén expresadas en una moneda distinta del euro, deberá
    justificarse el tipo de cambio aplicado para el cálculo de la renta integrada en la base imponible para
    su conversión a euros.

Hacen mucho hincapié en lo del idioma. Eso sí que queda claro, todo en español jeje. Me toca tirar de hemeroteca del hilo y ver como los diversos compañeros del foro habéis ido subsanando esos requerimientos en el pasado. Espero que no le toque a nadie más ¡y aprovecho para dar un abrazo virtual a todo el mundo!

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A mi me lo pidieron hace unos años y les pasé el extracto de ING tal cual y cerraron el caso.
Al ser broker extranjero quizás se ponen más quisquillosos, pero si es su documento oficial con todos los movimientos no debería haber problema.

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Ídem… Yo ya voy por el segundo requerimiento por doble tributación.

Me límite a enviar el informe fiscal de los Brokers (Selfbank, ING y Clicktrade en mi caso) y listo. Con eso fuè suficiente.

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A todo esto, entiendo que tienen 6 meses para resolver. Pero, ¿llegan a responderte en todos los casos? ¿O en caso de darte la razón te dejan en ascuas ad inifinitum?

Sí, te responden diciendo que no procede liquidación y que está todo OK.

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Así es. En mi caso se lo han tomado con muchísima calma todas las veces, tardando hasta 5 meses en responder dando el OK.

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Yo les envié el documento de interactive y un excel con todos los cálculos.
También tenía otras posiciones que sólo dan documentos en otros idiomas, pero decidí no traducirlos. Me hubiera costado una pasta la traducción jurada.
Al final lo aceptaron todo y me hicieron la devolución, tarde pero bien. Eso tres años seguidos.
Curiosamente desde que me sale a pagar ya no me los han vuelto a pedir.

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Gracias a todos. Efectivamente, lo mejor es que salga a pagar, que de seguro que así les da más pereza revolver.
He optado por enviar el informe del bróker y una pequeña explicación de porqué puse X cantidad en la casilla 588 de la doble imposición internacional. Espero que con esto pueda salir todo bien a la primera. Si me lo refutan en primera instancia imagino que aún tengo alguna otra bala en la recámara con la que poder batallar un poco más, pero confío en que el sentido común se imponga y salga todo bien.

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