Doble imposición

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ya he cobrado :slight_smile:descarga

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Entiendo que el tema de la declaracion de Hacienda lo revisan por CCAA. ¿Puede influir que en unos sitios sean mas puntillosos que otros? ¿O son revisiones generales en todo el pais?

Solo por curiosidad. ¿En la web de la AEAT te sale el expediente del 2019 como “Finalizado” o “En Tramitación”?

Hola, después de responder al requerimiento de la semana pasada respecto a la declaración de 2019, estuve revisando y me encontré en estado de “trámite” un expediente del año 2015 referente a la declaración de 2014, ¿hay algun plazo máximo a partir del cual esto quedaría vencido?
Gracias

La verdad no lo he mirado, pero entiendo que al abonarme la devolución lo dan por finalizado.

Sds

Joder que miedo estais metiendo con este hilo

He revisado todos mis expedientes en la web de la AEAT y salen como Finalizado. Entiendo que ya no los pueden volver a abrir :smiley:

los míos también finalizados… salvo este de 2019 que he comentado y sigue pendiente

No estaría de más hacer una encuesta para ver que comunidades han sido las más “damnificadas”

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Eso esta claro, la comunidad de los cazadividendos :joy: :wink:

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Hola @FELPEYU,

Si correcto lo que dices, pero por ejemplo en el caso de acciones Alemanas, como la retención en origen (26.x%) es superior a la máxima deducible (15%), eso les provoca que tampoco realicen bien la retención a cuenta del 19% en destino. Luego en la declaración ya se regulariza pero queda todo un poco mas lioso que si lo desglosaran bien.

Saludos,

Hola

A mi también me requirieron justificar la doble imposición a principios del presente año, tras no recibir la ansiada transferencia de la devolución durante el año pasado.

Trabajo con ING, y el problema que tuve (por no guardar cada vez que ingreso un dividendo el PDF correspondiente), es que ING sólo guarda los justificante en PDF durante cierto periodo. Le adjunté tropecientos PDF’s de los dividendos, más unos cuantos pantallazos de los dividendos recibidos que ING ya no conservaba el PDF (bien maqueados y en PDF también), junto a un Excel explicativo.

Me lo echaron “patrás” debido a estos pantallazos (bien maqueados y en PDF)

Solicité a ING un documento justificativo, y tras 3 semanas ING me mandó dicho documento y con esto los inquisidores se dieron por satisfechos y ordenaron la devolución.

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Si, el problema es de las acciones en las que se retiene más del 15%, y que el solo se puede recuperar ese tanto por ciento.
En caso de Alemania o Francia, pues yo creo que con cada recibo individual de cada cobro del dividendo, más una pequeña explicación, queda bastante claro.
Se supone que quienes revisen todo esto, están continuamente viendo lo mismo, y es algo bastante rutinario, por lo menos en países donde se opera mucho.
Yo llevo 2 años solicitando la devolución de la doble imposición, aunque me las han resuelto en noviembre, de momento no me han solicitado nada.
Pero esta bien tener suficiente información para cuando se dé el caso.
Un saludo

Incorrecto, las mias estaban todas finalizadas y un buen dia las abrieron y requerimento de varias declaraciones de años distintos. Hasta que no prescriben siempre pueden reabrirlas. Este año estoy tranquilo me salió a pagar y fueron rápidos en coger la pasta de la cuenta corriente.

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¿Y cuantos años deben pasar para que prescriba? Esa es mi duda

Nunnnncaaaaa

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Sea f(x)=x el número de años que Hacienda tiene para meterle mano. La solución a la pregunta es:

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Habra que desempolvar extractos

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4 años desde que se presenta. El IRPF del 2015 lo presentaste el 2016, prescribe en 2020. Vamos, que a partir del 1 de enero de 2021 ya no pueden hacer nada

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