El rincón de los impuestos

En otros países como Portugal o Bélgica ya se factura así desde hace unos años. En República Dominicana este año ya se han de emitir las facturas con impresora fiscal y en México desde 2017 se declaran hasta los pagos con firma digital.

Para ser europa, vamos a la cola más bien, si es verdad que, bien aplicado, tendría que dar más seguridad a pequeñas empresas y autónomos de cobrar en tiempos razonables, pero veremos si se usa para esto o para sacar algunas multas y poco más. Además de seguir con el juego de fecha emisión y fecha registro.
Si que se echa en falta que no se haya estandarizado más un formato de factura electrónica a nivel europeo.

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Habrá casos en los que se solicitará que la factura se emita 30 días más tarde para conservar los pagos a 60 días. Cuestión de poder de negociación. Yo cobro por adelantado la mayoría de mis facturas, pero tengo un cliente que me paga a 60 días (como un reloj, sin falllar ni una) por cuestiones de decalaje y fondo de maniobra (su poder de negociación con sus clientes es aún menor que el mío). Cuando lo implanten, si me lo piden, le emitiré las facturas más tarde para dejarle respirar, yo tengo las cuentas en orden y no me cuesta nada. Ya me financian mis clientes.

La morosidad no creo que la solucione, ya puedes emitir a 30 o 60 días, que el que alarga los pagos hasta el infinito lo hará igual.

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Si la primera que incumple con los plazos es la administracion…

Hay sectores que son lo que son y dependen del poder de negociacion de cada cual como bien dices.

El argumento es un poco de vaselina para vendernos el tenernos mas controlados, traspasar costes a las empresas (software, formación, mantenimientos etc… Igual asi necesitamos menos funcionarios… Me parto solo de pensarlo, ni de coña claro) y encima les demos las gracias.

Cuando implantaron el SII (Sistema de Informacion Inmediata, que obliga a las empresas grandes a comunicar todas sus facturas cada 4 dias) fui a varias charlas informativas impartidas por personal de hacienda… Pues nos decían que con el advenimiento del SII nuestro señor, que en cualquier momento le dabas a un boton en la web de hacienda y te precaculaba el IVA, y asi sabias cuanto te salia etc… Se quedaban blancos cuando les decias que eso lo hacen los programas de contabilidad desde los años 80.

No han hecho un IVA en su vida Hulio, no tienen los pies en la calle y lo que mas me jode es que se creen que nos engañan con estas “bondades” de las normas que nos imponen, y es que la realidad es terca.

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Bueno, están las típicas facturas que se quedan ‘en el cajón’ o que van pasando de una mesa a otra en espera de una firma, mientras el proveedor espera. Hasta que queda registrada y empiezan a contar los 30 días desde ahí.
Ahora se tendrá la realidad del tiempo que pasa entre la fecha de emisión del proveedor y la fecha de registro del cliente, para sacar un PMP más real. Otra cosa es si lo usan para meter miedo y sacar alguna multa o realmente para proteger a los proveedores más pequeños que pueden verse en estos problemas.

Aún ahorró los queridos 390, 347 y 340.

Lo que no tiene sentido es estar enviando facturas por el sii y ahora tener que enviarlas por otro sitio también, básicamente por no quitarle negocios a los intermediarios de facturación electrónica, que se cagaron cuando vieron que se estaba desarrollando esta ley.

La idea en sí no me parece mala, tener un estándar global de factura electrónica y que todo el mundo pueda recibir y emitir en este formato. A nivel de digitalizar procesos de emisión y contabilización para las empresas debería facilitar las cosas.

Bueno, el 340 es el SII, solo que lo tienes que mandar cada 4 días en vez de una vez al mes.
El 390 en general son 5 minutos, ver que se acumula bien y a correr.
El 347 pues te ahorras el tener que revisar todo etc pero ya lo has tenido “que revisar al hacer el SII”, y la mayoría siguen con el lío de cartas y llamadas que les hacen los clientes y proveedores.

Puede que faciliten pero tendrá un coste… además de reducir flexibilidad de las empresas. Si te equivocas en un céntimo o en una coma tendrás que liar una de narices y encima con miedo a que salte alguna alarma… no sé. Otra cosa es que lo lógico es que se reduzca personal administrativo y puede que se acabe recortando costes en la empresa privada… en la parte pública ya tal…

Estando automatizado el SII no da a penas trabajo.

Habiendo sufrido cosas como bélgica o portugal, donde debes firmar en tiempo real las facturas al entregarlas, o el CFDI mexicano, lo que tenemos aquí me parece una bendición :rofl:

No sí el SII daba más miedo de lo que al final ha sido. Aún así costes de formación, software, mantenimiento… En cuanto al software me pedían creo que 500 euros más iva y luego un mantenimiento por implantar en mi programa un botón que tras generarlo lo subiera automático… para que veas costes. Lo que hago es generar el xml y subirlo por el cliente web service manualmente (tardo un minuto como muchísimo y hago un envío al mes porque los que llevo yo directamente son empresas con pocas facturas y que puedo gestionarlo así).

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Por cierto esa funcionalidad, de pre 303, creo que la acaban de implantar en 2023 y los clientes que llevan ellos el SII me dicen que falla más que una escopeta de feria (encima el responsable es el contribuyente, clado). Teniendo en cuenta que es obligatorio desde 2018 se puede ver la extrema eficiencia en estado puro. Eestá claro que la implantación del pre 303 era una cosa que a ellos no les beneficia en nada, pero qué mínimo que ofrecerlo cuando encima era uno de los (pocos) beneficios que vendían que iban a tener las empresas.

Tú a eso súmale facturas con terceros países de importaciones, exportaciones (de momento no me ha tocado), prestación de servicios exentos de IVA por regla de localización, inversión de sujeto pasivo, importaciones con incoterm DDP en las que liquida IVA el expedidor y, desde el Brexit ya no, intracomunitarias.

Cada vez que presento mis modelos me recuerdan que puedo cargar los libros para que los calculen ellos… los coj***s me voy a fiar de lo que hagan. Dos libros distintos llevo yo, el mío y el modelo de la AEAT, para vigilar que no se me descuadre un céntimo.

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Eso mismo jajaja. Que te ofrezcan cargarlo desinteresadamente ellos mismos… Para esto si que se lo curran.

Esto es más parecido a lo que llevo, además súmale más de 80 puntos de facturación distintos, que si el cliente pide factura hacen lo que les parece al tomar los datos.
Aún con eso, lo tenemos automatizado y solo hay que corregir algún día esos casos raros. En realidad para las empresas grandes es mucho más fácil en comparación que a pequeños emisores.

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Menos mal que no tengo que heredar nada.
Eso pasa por ser ahorradores,ahora empiezo a comprender a los jovenes.
S2

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Me pregunto qué ocurre si, con un capital común se compra un fondo a nombre de uno solo de los cónyuges…

¿Alguien que pueda aportar algo de luz?

En este sentido, procede indicar que la titularidad de un determinado contrato de depósito de valores comporta en principio la propiedad de los títulos en él depositados. Ahora bien, esa circunstancia puede quedar enervada si se acredita que la titularidad dominical sobre dichos títulos no corresponde únicamente a uno de los cónyuges sino a ambos (a través de la sociedad de gananciales, en este caso), cuestión que deberá ser probada fehacientemente por quien quiera hacer valer ese derecho frente a terceros.

Pues eso, toca demostrarlo fehacientemente. Si estás casado en gananciales no debería ser difícil aunque lioso. Con separación de bienes francamente complicado.

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Gracias por responder.

Trato de deshacer errores de planificación (falta de ella, más bien) del pasado y no quiero cagarla con según qué cosas.

Un saludo y gracias de nuevo!

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