Fiscalidad de divisas

Sí hay dos respuestas vinculantes de Hacienda, la cuestión es que son contradictorias y cada una viene a respaldar uno de los dos métodos de la discordia. Por lo que la conclusión bien puede ser que ambos son válidos legalmente y que el inversor puede utilizar el que más cómodo le resulte.
Sobre este tema recomiendo leerse entero el hilo de +Dividendos (donde además se enlazan las consultas). A raíz de ahí en el hilo de IB es un tema que hemos debatido largo y tendido. La discusión está algo diluida entre tanto mensaje, pero @ciguatanejo hizo un resumen perfecto aquí. Personalmente yo me he decantado por la opción de la simplificación y trasladaré a la declaración tal cual las G/P forex que me marque el extracto de IB

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