Creo que ya pillo vuestro punto de vista, haceis las compra ventas de acciones a cambio constante, para que no interfiera con la divisa.
Pero en ese caso, ¿por qué se hace el cambio con la fecha de venta y no con la de compra? ¿Por qué no usar el tipo de cambio de otro día cualquiera (dentro de las fechas de la operación)?
@jordirp tiene un hilo en masdividendos titulado Tus finanzas en 2 carpetas (Parte 2) en donde explica muy bien y detalladamente el tratamiento fiscal de las cuentas multidivisa como IB. Te aconsejo que lo leas con calma, creo que puedes resolver buena parte de tus dudas. Creo que IPP (Invirtiendo Poco a Poco) también tiene un post al respecto.
Yo planteo dudas desde le punto de vista de que soy yo el que hace las cosas bien, intento entender vuestro punto de vista, que lo entiendo, y que me convenzáis de mi error.
Y al mismo tiempo haceros dudar de vuestros planteamientos.
Es que no entiendo tu planteamiento. Por lo que entiendo estás mezclando todo y no debe ser así porque son operativas distintas, si solo invirtieras con acciones en euros no tendrías ninguna duda, pero también podrías hacer solamente compraventa de divisas y tener beneficios/pérdidas. Por eso digo que cada cosa va por su lado.
El primero, con ING, compra 10 JNJ y al mes las vende. Ésta es la única operación en el año. Pagará a hacienda por las plusvalías de la operación, incluyendo el tipo de cambio.
El segundo inversor, con $ suficientes en su cuenta, compra las mismas 10 JNJ el mismo día, y las vende el mismo día que el primer inversor. Y no vuelve a hacer otra operación en el año.
El primer inversor pagará a haciendo con el cambio incluído, y el segundo no.
Porque el de ING ha realizado las 4 operaciones, cuando compró JNJ primero compró dólares para tener divisa y luego las acciones, y cuando vendió vendió las acciones y luego la divisa, el problema es que lo hace automáticamente el broker al no ser una cuenta multidivisa.
El de IB solo ha realizado 3 operaciones, compró los dólares cuando los comprara y con esos dólares compró las acciones, cuando vende las acciones tiene que tributar por la ganancia que ha obtenido y hasta que no venda dólares no tendrá que tributar por esas posibles ganancias asociadas a la compraventa de divisa
Porque si hubiera algún artículo de hacienda, una respuesta en las preguntas vinculantes, etc al respecto de estas cuestiones, ¿por qué no la habéis enlazado?
Alguien ha dicho que un forero hizo un post en un blog, muy bien explicado. Pero eso no es hacienda.
El hecho de haberlo hecho así y que hacienda trague, tampoco me vale. Yo lo hago a mi manera y hacienda también traga.
Primero porque son dos operativas diferentes y segundo porque ambas han de seguir la regla FIFO y eso sí lo dice Hacienda, y de la forma en que eso se respecta es de la forma que te estamos tratando de explicar.
Hola. Yo lo hago de este modo. Por ejemplo para USD. Yo considero una COMPRA de USD siempre que aparecen dólares nuevos en la cuenta de efectivo (o disminuye la cantidad de dólares que debes), ya sea por:
cobro de dividendos de acciones USA
venta de acciones USA
me pagan intereses en USD
hacer un cambio de divisa a dólares, etc
Y considero que VENDO dólares cuando disminuye la cantidad de USD en la cuenta de efectivo (o aumenta la cantidad de dólares que debes si los pido prestados). Es decir cuando:
compras acciones USA
cambio de divisa de USD a otra divisa
me cobran una comisión en USD
Uso USD prestados a crédito (por ejemplo para comprar acciones a crédito), etc
Y cada un de estas compras y ventas de USD las apunto con el tipo de cambio del día que se hagan.
Sí hay dos respuestas vinculantes de Hacienda, la cuestión es que son contradictorias y cada una viene a respaldar uno de los dos métodos de la discordia. Por lo que la conclusión bien puede ser que ambos son válidos legalmente y que el inversor puede utilizar el que más cómodo le resulte.
Sobre este tema recomiendo leerse entero el hilo de +Dividendos (donde además se enlazan las consultas). A raíz de ahí en el hilo de IB es un tema que hemos debatido largo y tendido. La discusión está algo diluida entre tanto mensaje, pero @ciguatanejo hizo un resumen perfecto aquí. Personalmente yo me he decantado por la opción de la simplificación y trasladaré a la declaración tal cual las G/P forex que me marque el extracto de IB
Yo voy a hacer exactamente lo mismo. Sin embargo creo que tu aplicas el método 2 para el cálculo de las G/P en las operaciones de compraventa. Ahí es donde diferimos
Los que usáis el método 1, explicarme cómo hacéis esto:
Si compráis 10 acciones de JNJ, luego 20 de MO y vendéis las 20 de MO… Que cambio aplicáis para calcular las ganancias/pérdidas?
Porque al tener que cumplir la regla FIFO con las divisas tendríais que usar el cambio de divisa de los dólares de las JNJ, que son los que primero entraron en vuestro poder