Mucho dividendo pero la acción va cuesta abajo y sin frenos con una caída de volúmenes en USA inexplicable salvo que el negocio esté colapsando
A este respecto últimamente le estoy dando muchas vueltas al tema … si anda como un pato, pía como un pato y tiene plumas como un pato igual es que es un pato… quiero decir, que el tabaco tradicional lleva ya mucho tiempo siendo el pim pam pum sobre el que descargan sus mas profundos odios todo aquel que necesita odiar algo, y las tabacaleras buscaron la opción B de los NGP como alternativa para tratar de esquivar el golpe, pero la cosa no parece que se vaya a acabar con odiar el tabaco tradicional sin más, hace cuatro días hemos podido leer que en Australia han propuesto la prohibición del vapeo recreativo. Si eso no es una torpedo en toda la, ya de por sí maltrecha, línea de flotación de las tabacaleras no sé que otra cosa puede ser.
Y con mayor o menor grado de fidelidad, pero cuando en algún lugar deciden dar un paso como ese es solo cuestión de tiempo que en cualquier otro lugar con modernos, capaces, inteligentes y apesebrados dirigentes al mando decidan replicar y ver el órdago y salir con lo de a ver quién la tiene mas larga con eso de las prohibiciones en pos de un mejor y mas solidario mundo limpio de humo.
Nada, que esta mañana me habré levantado con las gafas de jueves negro …
Un saludo.
P.D.: Solo nos queda que vengan al rescate los adoradores del cáñamo, sino todo será sangre, destrucción y muerte…
Para cuando llegue ese apocalipsis, si es que llega, ya habréis recuperado vuestra inversión inicial en dividendos y posiblemente algo más.
Perrillo, si después de una inversión de años, muchos, en el caso de alguno desde casi antes de que JR peinara canas, el resultado es recuperar la inversión inicial “y algo más”, como poco, deberíamos cortarnos las venas con un trozo de chapa, oxidada por supuesto.
Los alisios, incluso en la distancia, te están empezando a ablandar
Un saludo.
Solo intentaba encontrar un punto intermedio entre las gafas rosas de Tim y las pinturas negras de algunos ilustres foreros.
Migremos al hilo de BATS antes de que nos caiga la del pulpo
Me contentaré con que el cambio EUR/GBP es más favorable hoy que hace tres meses
Buenas tardes a todos
Veo que unos cuantos entre vosotros tienen cuenta IB in Irlanda (IB-IE). Imagino que muchos (si no todos) estéis fiscalmente residentes en España.
Mi pregunta es muy sencilla: para los dividendos que recibís de empresas no españolas, IB-IE os retiene solo la withholding tax del país de origen (por ejemplo, el 15% sobre un dividendo que os pague una empresa de EEUU, si tenéis el certificado W-8 BEN), ¿o también van a retener algo más, por ser residentes en España? Eso lo pregunto porque, si no me equivoco, los brokers españoles retienen la withholding tax del país de origen y en adición también el 19% de retención española.
Please note, sé bien que los dividendos deben ser declarados a hacienda y qué si alguien paga más de lo que deba, eso se puede recuperar (bueno, por los menos lo que os han retenido en destino…mucha suerte con pedir el respeto de los tratados contra las imposiciones dobles a hacienda italiana o francesa). Pero hay no poca diferencia entre un pago adelantado a Hacienda (vamos, que es esencialmente prestar dinero al estado a interés cero), y que se pague solo cuando se deba (posiblemente ganando algo sobre lo que se va a pagar).
Añado otra cuestión (muy niche), siempre para aquellos entre vosotros que tengan cuenta con IB-IE: ¿cuál es el taso de retención para los dividendos pagados por empresas canadienses? En IB-UK retienen el 15%, como para las empresas de EEUU, pero si me acuerdo bien me hicieron rellenar un formulario muy parecido al W-8 BEN y no sé si es lo mismo con la cuenta IB-IE, o si os retienen a un taso más elevado (podría ser el 25%).
Perdonadme si eso no fuese el hilo justo. También si pensáis que esas preguntas ya se han contestado y querréis indicarme donde, me vale bien.
Muchas gracias de antemano, un saluto
Hola @Alessandro, en IBIE para un residente fiscal español a los dividendos de empresas extranjeras, como las USA que pones de ejemplo, tan solo se les aplica la retención en origen correspondiente al país de origen de dicha compañía.
Posteriormente, como bien comentas, cuando son declarados a hacienda se llevan a cabo los ajustes pertinentes y se hacen los pagos o devoluciones impositivas que correspondan según el caso particular de cada uno.
En cuanto a los dividendos procedentes de compañías canadienses son tratados del mismo modo que los procedentes de compañías USA y se les aplica una retención en origen del 15%.
Un saludo.
¡Grazie mille por contestarme con tanta rapidez, @ciguatanejo! Eso lo aclara todo – lo pregunté al client service de IB pero no pudieron (o quisieron) darme una respuesta clara (no sé el porqué, pero se pusieron mucho en plan “no prestamos servicios de tax advisory aquí”).
Mandé en febrero los certificados de residencia fiscal para la hacienda irlandesa y recuperar las retenciones de los intereses que paga IB sobre el saldo en dólares no utilizado. A día de hoy sigo sin saber si me están haciendo la retención y/o si me lo devuelven o qué. Soy incapaz de enterarme mirando los extractos. Solo veo que me aparezca la casilla de Intereses devengados o algo así.
¿Cómo podría saber si me siguen reteniendo o no?
Saludos.
Puedes hacer un informe statement of funds. Estado de fondos
Si tienes el impuesto te saldrá como un apunte en negativo como sale en los dividendos.
Muchísimas gracias @Profesor_Bacterio. Solucionado queda. Hasta el informe de febrero, correspondiente a los intereses de enero, venía el asiento “Withholding @ 20% on Interés de crédito para…”. A partir del informe de marzo, correspondiente a los intereses de febrero (mes que mandé la documentación a IB), ya no aparece . Estaba volviéndome loco intentando adivinar qué pasaba.
Saludos.
¿Alguien está en la situación de que le hayan devuelto el 20% de retención de los intereses pagados en el 2023 pero no en los del 2022?
Una duda que me surge respecto a IB y declaración de la renta. Estaba siguiendo el famoso blog para hacer la declaración con IB.
Pues bien, es el primer año que hago la declaración con IB. Durante el año 2022 solo he realizado compras y cobrado dividendos en EUR y USD. Tenía intención de declarar conforme al informe de IB por ahorrarme seguimiento excel de forex durante 20 o 30 años. Y aquí surge mi duda…como yo nunca he cambiado USD a EUR para hacienda no he generado PyG de fórex y por tanto no debería declararlo…si declaro forex seguramente cantará en hacienda…pero si no lo declaro solo me queda la opción de hacer un seguimiento exhaustivo en excel durante toda mi vida inversora con la mas que posible opción de que cometa un error. Y el día que cambie USD a EUR lo que diga el informe de IB no va a tener ninguna correlación con el fifo que debería. En fin…que estoy en la duda de declararlo o no hacerlo. ¿Cómo lo hacéis vosotros?
5 años declarando el FIFO según lo que pone el Forex Income Worksheet de IBKR.
Algunas veces me favorece, otros salgo perdiendo
Le dedico dos minutos al año a este tema, lo que me cuesta descargar el informe, abrirlo y apuntar la cantidad.
Sin novedad en el frente.
Estoy en tu misma tesitura y lo que tengo pensado hacer es lo que comenta el sabio @ruindog… Son cantidades tan pequeñas que no parece tener mucho sentido llevar la contabilidad en Excel. Simplifica y vencerás.
Yo ya hice lo que comenta @ruindog, por los mismos motivos y me evito intentar cuadrar cosas que no van a cuadrar nunca.
Como dice, a veces te irá a favor y otras en contra. Pon siempre el mismo criterio y tendrás con lo que justificar tus cifras.
Buenas tardes, es la primera vez que voy a meter estos datos en la declaración, y me gustaría estar seguro de que lo estoy haciendo bien ¿Le importaría decirme si lo estoy haciendo correctamente?
Primero advertir que esto es para la declaración de 2022 por si alguien lo lee otro año.
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Nos vamos a la casilla 1626, le damos al lápiz y marcamos la opción 4 ( Otros elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas). Al darme aceptar en la casilla 1624 aparece DECLARANTE.
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Nos vamos a la casilla 1631 y marcamos en tipo de transmisión (Transmisión intervalos onerosa (venta, permuta, etc)
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Para las fechas de transmisión y adquisión ponemos la fecha del año que estamos declarando en este caso adquisión 1-1-22 y de transmisión 31-12-22
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Para el Valor de transmisión y de adquisición ponemos:
-Valor de Adquisición: 0.01
-Valor de Transmisión: La cantidad que pone en el informe del IB más 0.01
- Eso último si tenemos una ganancia en Forex, si tenemos una perdida lo anterior habría que ponerlo al revés.
¿Estaria correcto?
Gracias por tu tiempo
Sí. Decidí actuar como si fueran devueltos en 2022 / nunca retenidos