Buenos días,
Estoy practicando con Interactive Brokers y he ido a comprar un ETF. Me encuentro al poner el Ticker que me aparecen dos opciones:
Terminada en LSEETF
Terminada en IBIS2
En la ficha del ETF veo que está en euros y por lo que he visto (no sé si me equivoco) el “LSE” significa London Stock Exchange, por lo cual entiendo que tendría que comprar el IBIS2. En la ficha del ETF se indica domilicio “Irlanda”.
Luego en Interactive veo que el LSE me da el valor en USD y el IBIS en euros.
Supongo que el ETF que tendría que comprar es el IBIS2, ¿es así?
Por otra parte no consigo ver de ninguna forma ni el ISIN del ETF ni las comisiones que tiene dentro de IBR, ya sé que lo puedo ver en la web del fondo o justETF pero me parece raro que un broker con tanta información no nos dé estos datos básicos.
Son bolsas diferentes. A menudo, la LSE está en USD o GBP. Otras veces, la liquidez es mejor en una bolsa que en otra. Las comisiones también pueden ser diferentes.
IBIS2 significa la bolsa XETRA en Alemania. Es probablemente en EUR pero siempre necesitas verificar.
IBKR tiene el ISIN con la descripción de instrumento. Hay muchas plataformas por lo que el acceso depende de la que se utiliza.
Comisiones depende por la bolsa y si tienes comisiones fijo o estratificado. Ves la página web de tarifas / comisiones por LSE y XETRA.
Creo recordar haber leído por aquí hace tiempo que comprar acciones españolas en un broker extranjero suponía algún problema con Hacienda pero no recuerdo cuál exactamente. ¿Estoy en lo cierto o lo he soñado? A ver si alguien me puede refrescar la memoria.
Ningún problema. Tienes que reportar las plusvalias/minusvalias igualmente. Así mismo tienes que incorporar los datos de los dividendos, porque el broker no se lo comunica a la AT.
Si sobrepasas los 50K€, tines que rellenar el modelo 720, pero no es complicado.
Sí, creo que te refieres al tema de las retenciones cuando cobras dividendos.
Aunque digas que ya te han retenido un 19%, como a Hacienda no le consta eso bajo tu nombre lo consideran retención en origen y se limita al 15%, por lo que intentan cobrarte de nuevo la diferencia hasta el tipo que te toque.
No es que deba ser así, pero es lo que ocurre y hay que estar peleándolo luego, por eso algunos directamente lo evitan.
Hablo de memoria, espero no haber dicho alguna barbaridad.
Con IB no hay ningún problema con las acciones españolas. Cuando hay un pago de dividendo IB hace la retención en origen correspondiente de cada país y lo que no lleva a cabo es la posterior retención en destino aunque esta procediera.
Pero IB no especifica en ningun momento en sus informes si la retención llevada a cabo es en origen o en destino, es decir, no las etiqueta. Simplemente lleva a cabo la retención correspondiente y serás tú, en el caso de ser residente español, el que tendrá que informar adecuadamente a la hacienda española ya que como es sabido IB no transmite información a hacienda.
Entonces es cosa tuya es consignar correctamente cada retención en su casilla correspondiente y posteriormente en caso de que hacienda te requiera justificación documental de ello simplemente te bastará con aportar sus muy completos informes en los que se verá claramente las retenciones llevadas a cabo en cada pago de dividendo que haya tenido lugar. Y no vendrá etiquetado como en origen o en destino, si llega a haber algún tipo de problema con esto es porque el declarante no habrá consignado correctamente en la casilla correspondiente las retenciones que desde IB se le hayan aplicado.
Disculpa la demora al responder, últimamente no paro.
Imagino que son casos puntuales en los que el técnico de Hacienda no entiende la diferencia entre una retención practicada en el extranjero en la que hay que aplicar el convenio por doble imposición internacional y una practicada en España aunque no aparezca en los datos fiscales del declarante.
Estoy seguro de haber leído algún caso de algún compañero, pero llevo un buen rato buscando en el foro y no soy capaz de dar con el mensaje, pero es que tampoco se me ocurren buenas palabras clave para buscarlo.
Si encuentro algo vuelvo a comentarlo por aquí, aunque si tú no has tenido ninguna historia con esa situación quizás haya sido algún caso aislado y fin.
¿Sabéis que nadie da duros a cuatro pesetas que se decía antes, no?
¿Y sabéis cómo va lo de los spreads commissions en eso del proceloso océano del mundo Forex, no?
Porque si no, como dijo aquel gran hombre nunca suficientemente reconocido , M. Rajoy, "oiga, pueshhhhh tiene usted un problema "
En cristiano, en una orden Fx automática adjunta el precio de ejecución es, como su nombre bien indica, “automático” esto es “a mercado”. Pero "a mercado " pasando por la mesa de IB, y no olvidemos que IB es un broker de los mas activos en FX.
“¿Me se entiende?”
Un saludo.
P.D.: No vaya a ser que a alguien se le encienda la bombilla y se vuelva loco a cambiar divisa en ordenes adjuntas a “coste cero”.
Una duda a ver si alguien me puede ayudar.
Tengo cuentas con ActivoTrade cuyo custodio es IB, por lo que uso la plataforma de IB, pero cuando entro a través de la web entro en la web de ActivoTrade por lo que los informes que me descargo, aunque proceden de IB están en español.
¿Los que tenéis cuenta directamente en IB os podéis descargar los informes en español o sólo están en inglés?
Y ya que estamos abusando de vuestra paciencia. ¿Alguien sabe cómo enviar un mail a IB para hacerles una consulta? Porque yo no he conseguido encontrarlo, ya sé parece de muy tontos, pero así es.
Y el bot sólo acepta consultas muy específicas y no más de 80 caracteres y aunque resumo bien, no he conseguido concentrar lo que quiero preguntar en tan pocas palabras.
Por si acaso, suelto la consulta aquí y a ver si hay suerte:
Mi mujer y yo tenemos una cuenta individual cada uno y una conjunta con ActivoTrade, usando la plataforma de IB y siendo éste el custodio como ya he comentado.
Quería preguntar a IB si como ya es el custodio de nuestros valores, podríamos traspasar las carteras individuales y conjunta a IB y una vez hecho esto, traspasar los valores a un cuenta a nombre de una SL cuyos socios fuéramos mi mujer y yo.
Mucho me temo que me dirán que lo primero sí (traspasar de ActivoTrade a IB) y lo segundo ni de coña (pasarlos de las cuentas individuales a la de la SL) ya que los identificadores fiscales serían diferentes. Con lo que me tocaría vender y volver a comprar.
Me envia Interactive Brokers que ya esta disponible en el Portal del cliente un formulario para reclamar a la agencia Irlandesa por las rentenciones del 2023 ¿alguien más lo ha recibido? Merecerá la pena? Porque si ya es engorroso pelear con la agencia española, no sé yo, reclamar a otro pais…
¿Alguno de vosotros sabe como se puede identificar el PIN que hay que introducir en la aplicación del teléfono? He mirado por la web y la verdad es que no lo encuentro.
En su momento, le puse la huella y la verdad es que lo he olvidado. Si en algún momento me da por cambiar de telefono no voy a ser capaz de entrar.