A ver, que creo que se sigue hablando de cosas distintas. A la pregunta de @Andy7, no. Las acciones que compras son tuyas e IB no puede hacer lo que quiera con ellas. Lo que yo he comentado es lo que ocurre si estando en titularidad de una cuenta de margen haces uso de ese margen. A partir de ahí lo que hace el sistema es seleccionar una parte de tu cartera para cubrir el efectivo que has tomado del margen y asegurarse su devolución posterior, y es en ese momento cuando IB se atribuye derechos sobre esos activos que se señalan como garantía. Sobre esos derechos, que siempre serán legales ya que son los que aceptamos otorgar en estos casos cuando firmamos el contrato de la cuenta, IB podrá mover dichos activos a su conveniencia entre cuentas propias, de clientes, de cuentas delegadas de IB, prestarlas, etc. Pero como he dicho, eso SOLO será en caso de hacer uso del margen, mientras tanto IB no posee derecho alguno sobre tus activos y eres tú el que posee todos los derechos sobre ellos.
Y esto no tiene nada que ver con el programa de préstamo de acciones al que te puedes suscribir, independientemente de que se haga uso del margen o no. El programa de préstamo de acciones por el cual al suscribirte en el mismo autoriza a IB para que pueda tomar parte de tus acciones y alquilarlas en préstamo a otros clientes/cuentas es algo totalmente independiente y distinto a lo que yo he comentado. Cuando te inscribes en él si alguna de tus acciones son tomadas en préstamo IB percibirá por ello unos intereses, los cuales compartirá contigo. Quedando una parte del rendimiento para IB y otra para el titular de la cuenta que pone las acciones para prestar. No estoy seguro de si el reparto es 50%-50% , o si lo es en todos los casos.
Por supuesto en el caso de que el alquiler de las acciones venga como consecuencia del caso al que yo me he venido refiriendo todo el tiempo, el derivado del uso del margen, el titular de la cuenta no ve un duro de lo que ese alquiler pueda producir.
Espero que ahora sí quede clara la diferencia entre un caso y el otro.
Así que si abres una cuenta en IB y no haces uso del margen no debes temer que IB tome derechos sobre tus activos. Y si no pones tus acciones en el programa de préstamo de acciones nadie las va a poner en alquiler ni las tomará prestadas sin tu consentimiento.
Por documentar mas el tema con datos, estoy poniendo al día los últimos movimientos en la hoja de balance y me encuentro cosas “fascinantes” derivadas de esa situación que he venido comentando de los pagos “in lieu” de los dividendos. Otra de las que ha sido “seleccionada” es QSR. En este caso es mayor el número de acciones tomadas en la garantía y que provocan el pago “in lieu” que las que quedan “libres” y hacen un pago de dividendo normal. Bien, en el caso de los MLP’s que comenté en su día la retención aplicada a la parte de los pagos “in lieu” era sensiblemente menor a los pagos normales, se les había aplicado un 30% en origen, pero es que en el caso que comento ahora de QSR a la parte abonada como “in lieu” no le han retenido nada, cero patatero. Con lo que haciendo números el global de retención que al final ha sido aplicado a ese dividendo ha sido de menos del 7% .
Realmente me deja desconcertado este tema, porque no entiendo cómo se define el % de retención que le aplican a los pagos “in lieu”. Así a bote pronto no debería quejarme, pues de momento los números suman y aportan , pero yo para estas cosas, quizás ya por la experiencia, soy muy desconfiado. Porque NUNCA, NADIE regala duros a cuatro pesetas. Así que en algún momento tendrá que venir el boomerang de vuelta, aunque solo sea a la hora de hacer la declaración de renta.
totalmente de acuerdo @ciguatanejo en todo. Yo lo entiendo igual.
Añado:
las cuentas margen funcionan así, todo esto que estás investigando es inherente a la tipología de cuenta y a que estás utilizando una parte del margen disponible. Pero gracias por la investigación y los enlaces.
el volumen(%) de dividendos que me entran como “cash in lieu” es muy inferior al volumen de préstamo que tengo con IB en relación al total de la cartera (%).
desde hace un par de años o así los apuntes de la parte de cada dividendo de acciones USA que paga in lieu pasa por la retención del 15%. Anteriormente no era así, no había retención. Y en las acciones españolas siguen sin haberla (en las europeas no recuerdo ahora siquiera si me han pagado alguna vez con “cash in lieu”)
normalmente cuando recibes algún pago de “cash in lieu” no lo haces sobre el total del dividendo correspondiente sino solo sobre una parte (el resto viene como dividendo normal), mayor o menor, y no siempre es la misma parte (%), o al menos no es la misma parte en todas las empresas.
Con QSR ni idea pero mi experiencia con el resto, y han sido muchas, no hay efecto boomerang. Lo que no te han retenido por este motivo no te lo retendrán.
Nadie regala nada, deberás tributarlo igualmente a la hacienda española y pagar tu 19/21…% como en el resto de dividendos.
Estoy revisando los distintos informes de cara al IRPF y encuentro incongruencias.
En primer lugar, el Dividend Report que hay en la sección “Impuestos” viene con datos correspondientes a 2020 de dividendos con ex-date del 2019, por tanto, las cifras de ese informe ya no coinciden con los informes de Actividad y Realizado. A parte de que es un informe web y no PDF descargable.
En segundo lugar, nos computan como dividendos hasta los retornos de capital que, tanto en EEUU como en España fiscalmente reducen el precio de compra. Pero a la vez, en la sección “Posiciones abiertas”, nos ajustan el coste base, con lo que si nos basamos en dichos informes, este año tributamos por los retornos de capital y el día que vendamos otra vez.
En tercer lugar, no hay manera de sacar un informe claro para declarar una ganancia/perdida de capital en euros respecto a un valor en otra divisa. Si quiero justificarle a hacienda la operación de compra tengo un valor en euros correspondiente al informe de ese día, pero si justifico la venta, dichos informes me calculan la ganancia/perdida en base a la divisa del día del cierre de la operación con lo que el informe del día de la compra queda en papel mojado.
Mi experiencia con el IB Dividend Report durante varios años es que clavan hasta el último centavo. Mi consejo es que le des varias vueltas más porque al final todo lo que en un principio pensaba que eran fallos inherentes al reporte al final resultaron ser despistes o errores de concepto míos.
En el informe con formato HTML prueba a darle al botón de Imprimir y elegir la opción “Guardar como PDF”
El tercer punto lo hemos comentado largo y tendido en el hilo de la declaración de IRPF. Todo depende del método que uses para computar las plusvalías/minusvalías en cuentas multidivisa.
Como puedes ver también tengo algún dividendo pagado en Enero aunque el ex-dividend date fuera en Diciembre. Lo que hago en estos casos es incorporarlo en la declaración del año fiscal que indique el broker (2019 en el ejemplo de arriba)
Solo me pasa con dos distribuciones de CEFs. El broker los incluye en el año fiscal que indican los gestores del fondo (IRS Form 1099-DIV).Yo hago lo mismo para que me cuadre lo que reporto a Hacienda con el informe del broker.
Entonces, te acoges a un informe incoherente con los demás y das por buenos cobros fuera de plazo.
Yo no niego que cuadren las cuentas, lo que afirmo es que no hay un informe que nos sirva 100% para justificar nuestros dividendos ante la Agencia Tributaria. Además de que nos computen los retornos de capital como lo que son a la vez que nos los suman como dividendos.
Escojas el método que escojas, no tienes manera de sacar un informe en el que le digas a hacienda que compraste a fecha T1 por un importe equivalente a X euros y vendiste en fecha T2 por Y euros.
Si lees detenidamente la explicación que he dado antes hay una razón para computar esos dividendos abonados en el 2020 dentro del ejercicio fiscal 2019. Cada cual es libre de valorar si es incoherente o no. No voy a entrar en esa discusión.
Mi experiencia personal con el informe de dividendos que proporciona IB es diametralmente opuesta a la tuya. Año tras año lo reviso minuciosamente y tanto los dividendos/retornos de capital como el cálculo de los nuevos “cost basis” de las acciones cuadran hasta el último centavo.
Si después de revisar el tuyo sigues convencido de que hay errores flagrantes no deberías dudar ni un segundo en abrir un ticket para que los expliquen o corrijan si procede.
¿Y hay algún broker que proporcione esa información en un único informe? ¿Con sacar dos informes (fechas de compra y venta) y graparlos no se soluciona el “problema”?
Hola Bcartera,
Te agradezco enormemente por tu manual IB…me ha ahorrado no solo tiempo sino $$$, mil gracias!
Una duda, cuando recomiendas la tarifa TIERED hasta 33,750€ te refieres 33,750€ por compra? 33.750€ de volumen de cartera? Agradecería por favor me aclararas…feliz Domingo
aprovechando el tiempo libre que tenemos estos dias, he abierto al final cuenta en IB. Los primeros pasos gracias al hilo y al informe Czd. han ido bien.
Estaba pensando en traspasar algunos de los valores que tengo en ING y aqui me han surgido las primeras dudas.
Entiendo que tengo que ir a transferencia de posiciones y alli elegir: Transferencia FOP basica
En la siguiente pantalla, aparecen varios campos del broker a rellenar. Los datos solicitados, de telefono de contacto, correo electronico, fax, etc. Son datos del broker? En caso afirmativo, donde se obtienen estos datos?
Mas abajo en el apartado del Activo, entiendo que en la explicacion afirma que se produce una compra/venta de las acciones. Tambien he entendido en el hilo que aunque se haga esta compra/venta a efectos de hacienda se trata de un traspaso.
Al intentar añadir la posicion, una vez buscada la accion, me aparecen dos opciones LONG o SHORT? Que opcion habria que elegir y por que? Y despues hay que introducir una cantidad? Esto es el numero de acciones?
Yo estoy en el mismo proceso con ING. Tienes que llamarlos para que te envien un certificado de posición y que te indiquen los datos que incluir: telefono y nombre de contacto y email para que IBK gestione la transferencia.
A mi me dieron el número de clientes y el email liquidacion@renta4.es. Como contacto yo puse gestor telefónico porque no me indicaron nada desde ing.
El certificado lo adjunte en un ticker indicando que habia iniciado los trámites para a transferencia tachando las posiciones que no queria transferir y firmado.
Yo use long porque creo que short es cuando esperas que la accion baje y la “alquilas”