Invertir en inmuebles

la verdad es que mas de 4 pisos no tengo intencion de tener, pero no es solo por la inversion, al tener hijos les quiero dejar una buena base y mi idea es dejarles un piso para vivir y otro en alquiler que creo seria un buen legado :innocent: Como se ha comentado en varios sitios del foro todo depende de lo que necesites para vivir y a mi desde luego solo con el dinero del ladrillo me da para vivir bien y en vez de un piso grande y bueno por ejemplo en el centro de bilbo yo prefiero 4 pequeños y distribuidos por la provincia asi si uno me falla no tengo problema porque tengo los otros 3, pero si solo tengo 1 y me falla… y desde luego tengo comprobado que cuando mas pequeño es el piso mejor rentabilidad da.
Y trabajo la verdad es que a mi al menos no me da, de pascuas a ramos se rompe una lavadora o un frigo y poco mas, llamo por tf a la tienda del barrio les doy el modelo y arreglado sin salir de casa.
La renta variable comenzo como un hobby pero al final se ha convertido en otra buena fuente de ingresos y con el tiempo la idea es ir rebajando el ladrillo e ir ampliando la renta variable, pero poco a poco.
Respecto a otras inversiones, ahora mismo no tengo ninguna, si me han planteado algunas que a mi no me han gustado o simplemente no me apetecia meterme, pero a ti igual te apetece, me ofrecieron meterme en el mundo de los pabellones, he comprobado que desde luego da bastante dinero su alquiler y tengo conocidos a los que les va realmente bien en ese negocio, pero yo no me siento a gusto, demasiado desembolso inicial y es un mundo que no controlo, por otro lado tambien me propusieron entrar como socio inversor en el mundo de los grow (marihuana) el negocio desde luego es bueno y si quien lo lleva sabe lo que hace da mucho dinero, especialmente bueno en tiempos de crisis, pero en este caso habia que implicarse y trabajar bastante y sinceramente no es un mundo que me apasione y no me apetece trabajar en nada que no me guste.(aunque de mucho dinero)
Lo ultimo ha sido el tema del aguacate, a mi me encanta la naturaleza y si planto aguacate tendre bastante mas dinero (si sale bien) pero habre descojonado mi entorno, por tanto a mi eso no me vale, por ejemplo yo compro hectareas de monte con eucalipto simplemente para cortarlo y plantar arbol autoctono, y en ese sector si que quiero entrar a medio plazo, mi idea es comprar tantas hectareas como pueda y plantar maderas nobles, aunque esto es un tema mas sentimental que de rendimiento economico, y buf vaya chapa que te he soltado en un momento un saludo
y el cafe por bilbao sin problema, bajo poco pero sigo bajando :stuck_out_tongue_winking_eye:

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por cierto hay una cosa que siempre se me olvida comentar y puede ser de utilidad para algunos usuarios del foro.
Cuando vas a comprar una vivienda hay que pagar el impuesto de transmisiones (creo que se dice asi), bien pues este impuesto se puede pagar de dos maneras, el tradicional y el que sabe todo el mundo es que hay que parar un tanto % sobre el valor de la vivienda que compras, por ejemplo si compras un inmueble de 200.000 euros y te toca pagar un 4% pues tendrias que pagar 8.000 euros.
Pero este ipuesto tambien lo puedes pagar segun la valoracion que tenga el inmueble por ejemplo, si segun diputacion o quien corresponda tu piso esta valorado en 140.000 euros pues en vez de pagar ese 4% sobre los 200.000 que vale, lo puedes pagar sobre el valor que le otorgan las autoridades ahorrandote un buen pico

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Y si lo valoran en un precio superior al que has comprado, has de pagar también ese 4% sobre el valor y no sobre el precio de compra.
Por mi experiencia, esa es la opción más posible.

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la verdad es que ese caso aun no lo he visto personalmente la verdad, pero en general las administraciones tasan los inmebles bastante mas bajo que su precio en el mercado, por ponerte un ejemplo el inmueble que voy a comprar proximamente en la inmobiliaria tiene un precio de 200.000 euros se esta pagando a 2.000 euros el metro cuadrado, el valor del metro de la zona es de 2.350 euros el metro cuadrado y para la diputacion el piso esta valorado en 140.000 euros, y ejemplos como este te podria poner varios, pero claro yo solo te hablo de mi zona, desconozco si en otros lares se mide de distinta manera

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Eso no es así, al menos no es estrictamente así. Este impuesto está regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. En su artículo 10 establece que:

La base imponible está constituida por el valor real del bien transmitido

La cuestión es saber cual es el valor real del bien. Es una cuestión controvertida, sin un criterio unívoco y transferida a las CCAA. Hay dos valores claros para determinar el valor real del bien que son el valor escriturado y la tasación que haga la comunidad autónoma, pudiendo haber un tercero que sea la tasación bancaria. En muchos casos que conozco se autoliquida por el valor mayor entre el escriturado y el que da la CCAA en cuestión. Es una autoliquidación, se puede hacer por el valor que se quiera, pero luego vienen los lloros. He visto muchas sanciones de la hacienda autonómica por valorar por menos de lo escriturado aunque la valoración que da la comunidad sea menor.

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recientemente vi en el idealista la primera casa que compre, reucerdo perfectamente que la compre por diez millones y medio y me parecia muchisimo ji ji, dos o tres años despues en plena burbuja inmobiliaria vendi esa casa por 25 millones y medio, bien pues a dia de hoy esa casa en el idealista se vende por 85.000 euros, no se en este caso la valoracion del inmueble segun las autoridades, si me acuerdo luego lo miro

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juanjo, el valor lo estipula la diputacion eh, no yo, no sabria explicartelo mejor porque quien se ocupa de estos asuntos es mi mujer que es la que controla de hacienda, desgravaciones y cosas similares, es perfectamente legal y avalado de eso no tengo ninguna duda, y no porque lo sepa yo ja ja, simplemente porque mi mujer para eso es muy recta y le gusta hacer las cosas bien, luego la pregunto por si acaso

Ya se lo que quieres decir, pero tú en la escritura estás aceptando que el valor real del bien es 100, aunque luego la administración con un software te proporciones un valor de 85. No digo que sea totalmente ilegal, pero sí digo que no es algo pacífico y que en varias CCAA autoliquidar por 85 cuando has escriturado por 100 es sanción. Como te digo, conozco de buena mano muchos casos. Igual en tu CCAA es distinto, igual el funcionario que revisó tu expediente no se dio cuenta o igual aún no han pasado los 4 años que tiene la CCAA para revisar tu autoliquidación.

Pues personalmente sí lo he vivido, te cuento las dos veces que he comprado como ha ido:

  • En 2012 compro vivienda a un banco de una promoción que el promotor había quebrado: Vivienda 140mil€, parking 10mil€.
    Tres años después recibo una complementaria, con un informe adjunto sobre el estudio de la vivienda, justificando que el valor real es mayor al valor por el que compré.
    En este caso estaban considerando el valor catastral x4, dadas las condiciones de la vivienda, ubicación y no sé cuántas variables más. Para ellos la vivienda su valor real eran 185mil y la plaza de parking 15mil€.
    Me informo y veo que se puede llegar a reclamar solicitando una tasación (pagada de mi bolsillo claro) y entregando varias alegaciones dentro del plazo justificando que el valor catastral que tienen es obsoleto, aún y con esas ya me avisan en la notaría que aún podría gastarme el dinero y que desestimaran mi reclamación.
    Al final veo que entre costes por reclamar y tiempo que necesitaba (y no tenía) dedicarle yendo de un organismo a otro, me sale más barato pagar.

  • Este mismo año acabo de comprar una vivienda, hay tres valores en el momento de la firma, el famoso valor catastral x4, inferior al precio de compra por unos 30mil€, el precio real de compra y el precio de la tasación que hemos hecho para la hipoteca, superior al precio de compra en unos 40mil€.
    El notario nos pone sobre aviso que pueden reclamarnos pagar el ITP sobre el importe de tasación, al ser superior, en los próximos años. Nos informan que la diputación lleva varios años girando estas complementarias, pero que en este caso es más fácil ganar la reclamación.
    Pagamos el ITP según el precio real de la compra y me guardo en una cuenta el importe de ITP que podrían reclamarme, por si llega en los próximos años.

Así que por mi experiencia nunca contaría con el valor más bajo, y me parece raro que acepten cobrar menos impuestos pudiendo cobrar más.

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ridicc pues no se que decir, acabo de mirar por la pagina virtual de la diputacion de bizkaia 5 inmuebles que conozco sus precios y en los 5 el precio estimado de valor del inmueble es inferior a su precio de mercado, si es cierto que en uno de los valores el precio se acercaba, yo compre por 100.000 y diputacion lo valoraba en 93, lo demas se aleja bastante

Ostras tu estás a otro nivel macho!

Gracias por la información sobre las inversiones pero se me escapan a mi poder adquisitivo y el tema Maritxu lo llevo con MO y BATS.

Lo del café ya hablaremos cuando podamos quedar sin limitación horaria y charlamos un poco de este mundo que la verdad que hay poca gente interesada y se hecha de menos contrastar ideas etc.

Cuidate mucho y ya te mandaré un privado para vernos .

Suerte con las hectáreas y usa buenos fertilizantes Bayer XD asi colaboras con bastante gente de por aquí. Yo incluido.

juanjo lo acabo de mirar, he de confesarte que de primeras pensaba que tenias razon, segun la pagina de la diputacion de bikaia hay que tributar sobre la base imponible del valor de compraventa, en este caso 200.000 euros, con lo cual tu tenias toda la razon en lo que decias, pero despues dentro de la pagina de la diputacion puedes ver on line el valor que hacienda da a cualquier inmueble y en este caso le otorgaba el ya mencionado de 140.000 euros, y segun lo cual yo podria pagar el 4% de impuestos acorde a ese precio que estipula la hacienda bizkaina.
Como la verdad tenia aun dudas, he llamado por tf a una amiga que trabaja en hacienda, la cual me ha confirmado que si, que yo puedo pagar perfectamente de a cuerdo a esos 140.000 euros, que es norma en la hacienda bizkaina, si yo presento todo bien en regla con el papel de diputacion que estima que el inmueble tiene ese precio por norma, la hacienda bizkaina lo da por bueno y no hay mas problemas.

plan b, salvo lo de los pablellones que eso si es una burrada de dinero que yo ni me planteo el resto son cantidades, si importantes pero asumibles, si puedes comprar un piso para alquilar tambien puedes lo otro, es mas yo diria que lo otro es mas barato que un piso :joy: :joy: un metro de monte lo puedes tener por 0,10 centimos o menos, es todo darle vueltas :stuck_out_tongue:

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Solo comento dos casos reales.

Ahora claro que los valores reales estimados están por debajo, en 2012 no era así. Paso bastante tiempo en bizkaia con la familia política, y por lo que he podido ver, los precios van bastante parejos con los de aquí.
Aquí ahora pasa igual, los reales estimados están por debajo.

Y lo que me comenta el notario es que ahora también están intentando acogerse al valor de tasación, y ese sí que suele ser más alto. De esos 5 inmuebles que conoces, pide una tasación y verás como seguramente te la dan por encima del precio de compra. Como ese valor también consta en la compra-venta, parece que intentan agarrarse a ese clavo ardiendo para poder cobrar algo más.
A nosotros nos ha recomendado el mismo notario que nos guardemos ese dinero, por si nos reclaman el pago, y así lo voy a hacer durante 4 años, por si acaso.

Tú en la firma puedes pagar por ese valor real que comentas, pero nadie te asegura que no pueda llegarte una complementaria en los próximos años, quizás en bizkaia no hay tanta necesidad y no te llega la complementaria, pero por aquí necesitan recaudar como sea.

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Como te hemos comentado la ley (RDL) no es meridianamente clara en este apartado. Y por lo tanto hay varias opciones. Ahora mismo estoy algo desconectado de este impuesto pero esta cuestión hace unos años era muy controvertida y cada dos por tres había sentencias judiciales en un sentido u otro. Pero desde luego la ley no dice que debes pagar el 4% del importe menor entre escritura y valor de la administración.

Eso puede ser perfectamente, como te decía al final esto es un criterio de cada CCAA en cuestión. Pero, o se ha sentado doctrina con alguna sentencia del Tribunal Supremo o Tribunal europeo, o es un criterio que puede cambiar según las necesidades fiscales o el partido de turno que gobierna.

riidc, ten por descontado que hare lo mismo que tu por si acaso, gracias por el consejo

juanjo lo del 4% quizas me he explicado mal yo, he comentado el 4% porque es lo que me toca pagar a mi segun los cuadros de tributacion, si no recuerdo mal habia tres tramos 2,5% para vivienda habitual 4% para segunda vivienda y luego habia un 7% que no recuerdo a quien estaba destinado., y lo de hacienda me lo ha vuelto a confirmar ahora mi mujer, literalmente me ha dicho, que deje de darle vueltas al asunto que es norma en hacienda y eso a dia de hoy va a misa y que no me van a revisar nada, si todo esta en regla claro, pero que es perfectamente legal ( ella tambien ha trabajado durante muchos años en hacienda)

por cierto, van dos pisos con este sistema, y de momento ningun problema, eso si, llevo solo tres años, segun comentais son cuatro

Hola @aprendiz, me parece muy raro eso que cuentas. Nunca he visto liquidar un ITP por una cantidad distinta al importante de compraventa que aparece en la escritura. Y te hablo de que he visto cientos de casos (literalmente).

Lo que sí he visto hacer muchas veces para ahorrarse impuestos, es poner en la escritura un importe de compraventa inferior al real. Es decir, el piso cuesta 200.000 eur y se pone 150.000 eur en la escritura (y se liquida el ITP sobre 150.000 eur). Los otros 50.000 eur se pagan en efectivo (es decir, en “B”).

Pero eso no se puede hacer y luego te pueden hacer una comprobación (que yo sepa utilizan el valor de tasación, el valor catastral y el importe de hipoteca) y sancionarte.

También es verdad que te hablo de otras provincias distintas a la tuya.

Una pregunta a los que habéis comprado de segunda mano últimamente.
¿Todavía se ausenta el notario “unos minutos” para que las partes ultimen sus acuerdos?