Ese sería un punto a favor del broker español, desde luego. Me parece que somos unos cuantos por aquí que los temas de inversión los llevamos directamente nosotros con el beneplácito de nuestras parejas, pero ellas no se implican mucho, lo que quiere decir que si nosotros palmamos les dejamos un marrón de aupa.
Intentaré no ser yo quien haga propaganda de nadie, ni dé consejos, porque sólo se lo que se de ellos por lo leído en la web.
No obstante, no confundamos precio con valor. La consulta creo que son unos 700€ aprox.
Como ya he dicho antes, para mi el plan B es como un seguro por el que pago para estar cubierto. Los 700€ + el coste de llevar a cabo el plan B, que serán bastante más de 700€, yo lo calculo en % sobre mi patrimonio a proteger.
Evidentemente, si lo que quiero proteger vale 10.000€, pues no hablemos más, no vas a pagar casi un 10% por una consultoría. Si valen 500.000€, te sale a cuenta? Si vale 1.000.000€?
Donde está la cifra y qué porcentaje supone ese plan B.
Esto ya te digo que no va conmigo ni de lejos. Yo tengo claro que me iré del España si me veo obligado, pero si puedo evitarlo no lo haré y seguiré aquí pagando como un gili…
Hablamos de casos extremos, nadie quiere irse de un país donde está a gusto, tiene su familia, sus negocios, …
O sea, que si te planteas irte es porque la situación se ha degradado tanto que no ves otra.
Y, si se ha degradado hasta ese extremo, ¿qué te hace pensar que no las podrían tocar?
Pues yo sigo igual pues no contemplo en principio el cambio de residencia por muchos y variados motivos.
Cuentas/valores en dolares y libras con sus ventajas/desventajas (para mi mas ventajas que desv) poquito de gold,algo de cash en dolares,mi casa que es un activo “bueno” de cara a mi presente-futuro y a mirar como pasa el tren.
Cobrando dividendos en divisas siempre tendre mas ventajas que cobrarlos en lo que sea.
Se barrunta el miedo jeje empieza la fiesta otra vez ?
S2
Nada de sarcasmo, no. Es un producto con el cual encapsulan tu inversión en Luxemburgo y tú tienes un seguro de vida sobre ella. Puedes hacer rescates de capital a placer, donarlo, etc.
Tiene ventajas como:
Es inembargable.
Difiere impuestos por ganancias al estilo de un fondo de inversión.
Y desventajas como:
Tienes que liquidar la cartera y aflorar ganancias latentes para hacerlo.
Tiene un coste de 0,8-1% de tu cartera anual.
Lo estuve valorando mucho y finalmente creo que no lo haré, pero soluciona los problemas de los que hablábamos.
Desde IB podemos comprar etf similares al vanguard global stock?
Porque a lo mejor me interesa en vez de seguir haciendo crecer solo la cartera en My, me abro cuenta allí y voy metiendo parte del dinero…
Los problemas de IB sé que se han comentado varias veces:
-720
-impuesto herencia (no recuerdo nombre)
-no se disfrutan de los beneficios de los fondos que tenemos en España
Es una solución muy usada (o al menos lo era hace unos años) en banca privada/patrimonial.
Luxemburgo, Andorra y las típicas ex-colonias britanicas (Jersey, Cayman, etc.)
Tengo entendido que tenia un interés fiscal tambien, pero tambien entendia que no era para patrimonios más de ir por casa como los que hay por aquí. Aquí somos más del Top 1-2%, no el 0,1%.
Con banca privada independiente hay fórmulas en que “lo cedes” y realmente no lo cedes.
Es decir, de cara al exterior lo cedes pero de puertas para adentro ellos no hacen cambios y si tu quieres hacer alguno le haces una llamada a tu banquero y él te manda un email proponiendo ese cambio.
Aún así yo (por comisiones y aflorar ganancias latentes) es muy probable que no lo haga.
Tener bitcoin en auto-custodia me parece una excelente manera de conservar valor al tiempo que lo proteges de confiscaciones estatales. El único problema es acostumbrarse a la volatidad, pero si estás en bolsa ya sabes cómo funcionan estas cosas.
Me ha surgido una duda
Si llegado el momento, el estado te quiere confiscar algo de acciones o fondos de inversión, en el tema de fondos, si los tienes en un depositario en Espàña, pero es un fondo de Amundi, de Black Rock, Morgan Stanley… ¿te lo podrían conficar? El dinero lo tendrá eesa empresa en su fondo, no el depositario
¿Alguien lo sabría?
Yo creo recordar de cuando salió el tema del Armaggeddon hace unos años, que todo activo con ISIN extranjero es inconfiscable. Los que empiecen por ES ya es otro tema porque lo pueden considerar “activo español confiscable por el bien común” o cualquier otra gilipollez.