Yo lo tuve un tiempo y tenía más volatilidad que un mixto. Tengo una mini cartera permanente a base de etf y no se mueve al ritmo de mercado, pero Icaria pegaba unos vaivenes que…
Pues yo tengo el de Cobas, la última vez que saque, fue a finales del año pasado y ahora está un 9% por encima. Para mí, si está siendo la panacea. En su momento me hicieron ahorrar muchos impuestos y ahora no estoy pagando nada por recuperarlo, y si la palmo, pasa al beneficiario que yo quiera sin pasar por Hacienda ni por herencia.
Cuál es el problema real?
Qué no sube lo que te gustaría?
Qué tiene una comisión alta?
No te gusta la fiscalidad?
Mira bien lo de recuperarlo todo, por que dependiendo de tu pensión y de la cuantía de lo recuperado te puedes hacer un roto permanente fiscalmente hablando.
Entiendo que para los que se jubilan con la pensión más alta ahora pagarán “bastantes” impuestos por cada € que sacan. Yo en ese caso, no sacaría nada, dejaría actuar la de y pondría de beneficiario a un descendiente lo más lejano posible para saltarme los impuestos de dos o tres generaciones (las que aguante vivo, claro).
Creo que este reto debería ir en un hilo aparte, al lado del concurso de la cartera CZD. DOS dopaminérgicos bien merece la pena.
@ruindog y @ifrobertocarlos ya han sugerido.
Cuarto grado de consanguinidad: Mis primos/as hermanos/as (hijos/as de los hermanos/as de mis padres).
LEGAL: Fiscalmente no se me ocurre nada. Vamos a probar con “acercar” ese familiar un poco más. ¿Hay más de un primo-hermano o sólo uno?. Rebusacado, pero efectivo, se me ocurre:
- a) En caso que desgraciadamente haya fallecido tu tío, si hay matrimonio con tu tía, el primo-hermano sería tu “hijo”.
- b) En caso que tu primo/a-hermano esté soltero. Matrimonio con él/ella y ya es familiar de 2º grado.
GRISES: Muy, muy rebuscado. Los 10 comentarios aproximadamente a partir de aquí.
En ese caso, hay que hacer “desaparecer” a anbax.
1.- Traslado toda tu cartera de Broker extranjero.
2.- Al estilo película de misterio, consigues pasaporte falso, viajas a país en desarrollo y allí apalabras un certificado de defunción por accidente donde el cuerpo no aparece.
3.- Con ese certificado y el testamento, remitido al broker, el heredero toma posesión de la cartera.
Otras opción:
1.- Tu heredero/a y tú abrís cuenta en broker de criptomonedas.
2.- Compras criptomoneda y la pasas a su cuenta.
3.- En caso que funciones y no haya pegas… Vas vendiendo la cartera, o usando todos los dividendos para hacer el mismo procedimiento.
4.- El hededero debería vender al momento recibe la criptomoneda, para evitar descargas de adrenalina por la volatilidad.
Y con esto, a ver si hay alguna sugerencia más.
Por otro lado, te animamos a que le des una oportunidad a la vecina del 5º. Eso de hacer planes pensando que vas a morir solo, es muy triste. Deja que entre un poco de cariño ten tu corazón.
No descartes que en estado de avanzada edad, y cuidado por una voluptuosa mujer que te colma de cariños, finalmente firmes papeles con ella para desasosiego de los herederos lejanos .
Ya sabes lo que dicen: “Espera lo mejor pero prepárate para lo peor”
Y también dicen: “Nacemos solos, vivimos solos, morimos solos.”
Y añaden “Solo a través de nuestro amor y amistad podemos crear la ilusión momentánea de que no estamos solos”
Todo es una ilusión momentánea, hasta los dividendos
Joe que mal me sienta madrugar los fines de semana
Siempre podrás contraer matrimonio civil con esa persona (sea hombre o mujer, está permitido jaja).
Pasaría a ser tu conyuge y le pasas la cartera y si estás en la Comunidad de Madrid, el impuesto de sucesiones y donaciones es prácticamente CERO (se paga el 1% de lo que salga en la tabla)
si esa persona esta casada, bastará con que se divorcie amistosamente de su pareja sabiendo el por qué y luego contrae matrimonio contigo
Edito. Para ser de buena mañana, nos has metido dosis de cultura.
Atribuída a numerosos personajes, me quedo con Bourne.
Fat finger.
Mis disculpas.
Esperando estoy a ver cuando se pueden contratar
Mucho más caros que casi cualquier fondo de Vanguard en versión institucional y que muchos en versión minorista. Fantástico.
Os quedais en lo insustancial y no en los objetivos resilientes de la chupipandi que hace cosas chulisimas…
Hola,
No tengo mucha idea sobre los planes de pensiones pero tengo desde hace 3 años uno de empresa por el que la empresa aporta un x2 respecto a mi aportación. No es gran cosa pero me da dolor que esta todo invertido en renta fija, no genera rentabilidad alguna. Sabéis si se podría pedir un traspaso de lo acumulado hasta ahora y meterlo en un indexado de otra gestora?
Actualmente la gestora es del mismo grupo empresarial que la empresa en la que estoy.
Yo también tuve un plan de pensiones de empresa y por lo que sabía de la legislación en aquel momento y del reglamento del plan, solo era posible rescatarlo por paro de larga duración o por jubilación.
Puedes traspasarlo cuando dejes de estar vinculado a tu empresa
Gracias por las respuestas
¿Has hablado con recursos para preguntar otras opciones de la gestora?.
A veces dicen que es lo que hay, a veces hay opciones que de normal no ofrecen (es como la opción por defecto).
No pierdes nada.
Les acabo de poner un email, pero creo que va a estar difícil. Se trata de un plan de pensiones que recoge aportaciones de empleados, no está abierto a nadie más.
En mi empresa pasa lo mismo,. dijeron que por ley sólo pueden tener un producto para todos los partícipes.
Por ello tienen los productos menos rentables / más “seguros” y también me gustaría moverlo a otro sitio pero sólo podré hacerlo cuando me cambie de empresa.
Otro aspecto interesante de los planes de pensiones y seguros de ahorro es que no forman parte de la masa herediraria.
Y esto qué significa?
Pues que se puede designar un beneficiario (o varios) y ese importe no pasa por testamento, es decir, no está sujeto a legítimas, ni entra dentro del cálculo de repartos.
Qué implica? Pues, por poner un ejemplo, si consideras que tu cónyuge y/o hijos no se han portado bien contigo y por lio legal no has podido desheredarlos, puedes contratar un seguro de ahorro y el beneficiario que pongas (la comunidad cazadividendos, por ejemplo, aunque también podria ser uno de los herederos legales como por ejemplo tu cónyuge porque los hijos no crees que merezcan nada) puede recibir ese importe Y los herederos legales no tienen ni por qué enterarse de quien ha sido beneficiario.
Es un caso más típico de lo que parece: anciano a quien ningun hij@ tiene tiempo de visitar nunca, pero que tiene suficiente formación y saldos en el banco, acaba dejando un importe significativo a la persona que le ha cuidado los últimos años (con más o menos roce y cariño, cada caso es un mundo). Luego los herederos revisan testamento y se indignan y ponen demandas…pero es legal.