Sucesiones, donaciones y transmisiones entre familiares

Extraído de la guía práctica sobre el impuesto de sucesiones y donaciones de la Agencia Tributaria de Cataluña

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  • Inversa Invoice Market: Han publicado hoy un artículo sobre este tema: Testamentaría Inversa Invoice Market.
  • Grow.ly - me contestaron con la siguiente información:
    "En caso de fallecimiento necesitaríamos la siguiente información para proceder de igual manera que lo haría un banco:
    • Certificado de defunción
    • Escritura notarial de la herencia donde se indica lo correspondiente a cada heredero (o si hay solo uno)
    • Copias de los DNIs por las 2 caras de el o los heredero/s
    • Copias de los DNIs de los representantes legales del/los heredero/s en caso de que estos fueran menores de edad
    • Justificante de titularidad de cuenta bancaria de el/los herederos o representantes legales
    • Dirección de correo electrónico de el o los herederos para recibir notificaciones."
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Información de Mintos (correo electrónico recibido el 24-8-2020):

Thank you for contacting us.

In such situations, Mintos works according to the local law of yours or any other country where Investor comes from. Assets are being transferred in a way it is described in the law. Unfortunately, we can’t comment on such legal questions. Legal questions could be commented on by local authorities or lawyers.

Once we receive a legal document of investors’ death we would stop his/her investor account. Funds/assets would be transferred in a way it is described in the law, to the person which holds rights to inheritance.

The documents we would need are: need notarized copies of the following documents: Death certificate, Certificate of inheritance and ID documents of heirs. The documents should be translated into English and apostilled.

Please be reminded that invested funds would be available for transfer only once they are returned/paid back from the investment.

Hope this information helps.

Llevo dos años insistiendo para que hagan el reparto de una herencia pero se niegan a reconocer la figura del usufructuario en las cuentas corrientes tal y como se estipula en la escritura de aceptación de herencia. Por no meternos en abogados el tema sigue en punto muerto y tiene pinta de que solo se solucionará el día que el usufructuario pase a mejor vida.

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Nombrarles la OCU siempre funciona muy bien

Métase en abogados buen hombre, que de algo tendremos que comer :grinning:

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Por si le sirve a alguien. Dos años más tarde el BBVA ha tenido a bien comunicarme que existe la posibilidad de hacer una adjudicación externa de la herencia. Es decir, repartir la herencia en cuentas de otra entidad previa presentación de los correspondientes certificados de titularidad y pasando por caja (0,40% del valor nominal).

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Justo esta mañana acabo de firmar con el Sabadell el cambio de titularidad de las cuentas de mi madre, a mi hermano y a mi.

Y nos han ofrecido esa posibilidad sin problemas.

Yo de hecho he pedido el traspaso de mi parte de la cuenta de valores a R4.

En el Santander no me lo ofrecieron, imagino que no habria ningun problema, pero por comodidad me interesaba dejarlo ahi, unas acciones de Santander que me da la posibilidad de una cuenta sin comisiones, y una cuenta con efectivo que me es mas comodo dejarla ahi para que forme parte de mi colchon.

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¿Has llegado a crear cuentas de efectivo y valores en el Sabadell con tu titularidad o te has saltado directamente ese paso en la repartición de la herencia?

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Pues te cuento por que esto lo he hecho esta mañana.

Para la cuenta de valores le he aportado un certificado de titularidad de cuenta de valores de R4 para que me haga el traspaso directamente, esto aconsejado por el.

En el caso de la cuenta corriente es mas complicado. Hay 2 viviendas, la vivienda habitual y un apartamento en la playa que esta alquilado.

Nuestra intencion es vender las dos, sobre todo la habitual, la alquilada tambien pero tampoco me importaria conservarla por que es alquiler todo el año y no he hecho todavia el analisis de ingresos y gastos de la cuenta pero a groso modo diria que el alquiler nos cubre todos los gastos que tenemos de las dos viviendas.

Y ese es el motivo de mantener la cuenta conjunta, por los gastos, recibos, mientras no las vendamos.

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¿Cuánto te atizan por el traspaso? Yo ando mosca con el 0,4% del valor nominal que se quiere “apropiar” el BBVA pero no hay otra escapatoria.

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Pues justo lo tengo aqui delante.

El 0,35% y un minimo de 12€.

Por 7 valores, minimo 84€, y seguro que de alguna tendre que pagar mas que el minimo.

Pero es que con Sabadell lo tengo claro, no quiero dejar nada ahi, excepto lo que comentaba de la cuenta conjunta con mi hermano hasta que liquidemos las viviendas.

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Yo tengo la triste experiencia de haber visto morir a un hermano joven, sin descendencia … y sin testamento. Mas de un año tardamos en resolver el tema de la herencia, un soberano coñazo de trámites que se podría haber evitado con una visita de 15 minutos al notario en vida.

Nunca he llegado a entender porque hay tanta y tanta gente alérgica a hacer el testamento. Y todas las noches duermo con una de ellas :wink:

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Hace poco hice yo testamento. 48,17€. En 2006 falleció mi tio y nos enteramos del problema que es morir sin testamento.

Es una buena inversión.

Yo no le di opcion, ademas iba todo en un lote, en la misma visita al notario nos hicimos pareja de hecho y los dos testamentos.

Le dije que si no haciamos testamento viviriamos en pecado :rofl: :rofl: :rofl:

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En el hilo Otro Luis, de Asturias hablamos sobre el impuesto de sucesiones de una cartera de acciones.

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Hola, soy nueva en el foro. Me gustaría comentaros mi caso por si alguien me pusiese asesorar.
Soy hija extramatrimonial, mi padre biológico no me ha reconocido legalmente aunque sí de palabra. Ahora tengo 39 años, estoy en paro, tengo una niña y me estoy separando. Mi antes citado padre biológico ( pero no legal) me ingresó 2000€ euros en septiembre para pagar a la abogada que me lleva la separación y desde octubre me ingresa 500€ mensuales para que pueda vivir más holgadamente y ahorrar para un coche de segunda mano. No habíamos pensado ninguno de los dos en el tema de los impuestos. ¿Estamos haciendo algo mal? ¿Qué tendríamos que hacer para legalizar la situación?
Leo y leo pero no me queda nada claro que hacer en mi caso.

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Tendrías que pagar el impuesto de donaciones si te pillan
Si vivis cerca te diría que te de los 500 euros en mano
Y que te reconozca legalmente porque el impuesto de donaciones de padre a hija es más barato que de uno a otro sin relación familiar oficial

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