Declaración de renta / IRPF

Pues muy seguramente porque a mí me tenían que devolver cuatro perras…:slightly_smiling_face:

Pues a mi ni me han devuelto aún, ni me han requerido información adicional ni nada…me tienen olvidado

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¡¡¡HACIENDA!!!

MENOS de un MES

TIC TAC TIC TAC TIC TAC

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Hoy recibí el dinero yo!!! Ya no cobro intereses

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Es la primera vez que no recibo el dinero antes de diciembre.

¿Qué tendría que hacer para que cuando me paguen me dieran intereses? ¿Lo hacen de manera automática?

Saludos a todos.

Yo tampoco he cobrado. Creo que los intereses se empiezan a devengar el 1/1/2022 y son automáticos. Si te requieren, se interrumpe… En fin
Saludos

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Hubo un año que cobré pasado el 20 de diciembre, y 1 o 2semana después, no recuerdo si en diciembre o era ya enero, recibí una notificación de que una cosa estaba mal y tenía que pagar lo que pedían más intereses. No tenía nada que ver con dividendos, era un dato que me venía mal y por ese entonces solo copiaba datos de IRPF en la declaración cual robot.
Lo digo para que sepáis que nunca estaremos a salvo… ni en navidad.

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“a salvo”?, hablando de Hacienda.
:rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl::rofl:

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Yo estoy igual … en el estado su declaración de está tramitando

Tengo una duda ahora que estoy haciendo cálculos para compensar plusvalías/minusvalías sin pasar a toca teja por hacienda jugando con la venta de puts. A ver si podéis aclararme la cuestión:

  • Si realizo la venta de una empresa europea en pérdidas y a la vez vendo una put de la misma empresa para dentro de más de dos meses, ¿sería correcto de cara a poder compensarme las minúsvalías por la regla de los dos meses?

¡Gracias!

Ten en cuenta que si la modalidad de la put es americana te podrían asignar las acciones en cualquier momento, siempre que el precio de la acción sea menor que el strike, claro.

Correcto, serían contratos europeos. ¿Aplicaría o habría problemas para compensarse? :confused:

Gracias.

En ese caso no veo por qué iba a haber algún problema, la verdad.

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He intentado buscar y me he encontrado con esta información: https://inlucro.org/normativa-anti-aplicacion-de-perdidas-en-el-irpf/

Creo entender que no aplica, si no se te ejecuta, pero vamos, que me pierdo en la verborrea legislativa. :confused:

Hablo de memoria, pero creo que para empresas extranjeras (ISIN no español) el periodo de la norma de “los 2 meses” se extiende a “los 12 meses”.

Con independencia de ello, supongo que lo que quieres es vender las acciones hoy a la par que vendes una PUT con precio de ejercicio superior a la cotización actual del subyacente para que sea mas probable que te ejerzan esa PUT. Cuidado con ello porque si son opciones tipo americano (que son las mas comunes y negociadas) la fecha de ejecución puede ser cualquier día desde que la vendes hasta la fecha de vencimiento y eso puede estropear tu estrategia. Por lo demás, no veo que haya mayor problema de cara a las normas fiscales.

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Si no te quedan acciones o no hay compras en los 2 meses anteriores o posteriores sí puedes compensar esa venta. Las opciones no cuentan (salvo que se ejecuten y se asignen antes de 2 meses).

La mayoría de mercados tienen la regla de 2 meses, lo del año era antes.

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Buenos días, antes de acabar el año, quisiera plantearos algo de planificación fiscal.

El hecho es que este año he hecho una serie de rotaciones en la cartera, quitando algunos muertos, lo que me ha generado importantes minusvalías.

Salvo vender Disney, no tengo en mente generar plusvalías, por lo que entiendo que tendré 4 años para minorar las futuras ganancias, o en todo caso, aplicar hasta el 25% para minorar la tributación del rendimiento mobiliario (dividendos) durante los próximos 4 años.

Mi preguntas son:

  1. ¿Es esta la opción más beneficiosa fiscalmente?

  2. ¿Cómo se hace en la declaración de la renta?. Yo hago mi propia renta, pero no se me había dado el caso. ¿Hay que señalar en algún sitio que queda pendiente una minusvalía para años posteriores?

Un saludo

Si, hay una casilla para indicar las minusvalias pendientes de compensar.

Una vez hecha la determinacion de las cuotas liquidas y resultados, mi gestor añade como informacion adicional las minusvalias pendientes de compensar, diferenciadas por años.

Son las casillas 1266 y 1270 ya que en mi caso tengo pendientes minusvalias de los ejercicios 2018 y 2020, pero dependera de cada uno, de cuantoa años arrastre minusvalias.

Recordar que como maximo son 5 años contando el actual

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Creo recordar que ya desde el año pasado (o incluso algún ejercicio anterior) se indica automáticamente las minusvalías que quedan pendientes de compensar en el futuro.

No obstante, nunca está de más asegurarse de que consta y que consta por el importe correcto

Saludos

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Teóricamente es automático. Es más, las casillas están en amarillo (no son editables). Y en mi caso así ha sido los últimos dos años, que es cuando lo he probado.

El Renta Web compensa todo lo que puede compensar con las minusvalías del ejercicio que estás declarando y, cuando acaba las minusvalías de este ejercicio, empieza a usar las del año más antiguo de los 4 que puedes tener pendientes. Cuando acabas el más antiguo se va a por el siguiente…

Y las que te quedan pendientes de usar en ese ejercicio se informan automáticamente desglosadas por años (Si te queda algo del año más antiguo lo pierdes). Al año siguiente podrás comprobar si las que están pendientes de compensar de inicio son las que dejaste pendientes de compensar el año anterior :slight_smile:

Estaba explicado en el artículo sobre la renta:

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