No se pueden deducir
Sí se pueden deducir
- Los gastos de conexión a los diferentes mercado (DeGiro).
- Comisión por cobro de dividendos.
- Comisión de gestión de los ADR.
- Cuota mensual de Interactive Brokes no consumida con comisiones de compra/venta.
Apartado 7.3.3.10 del Manuales de ayuda a la presentación del IRPF del ejercicio 2018
7.3.3.10. Gastos deducibles
Para la determinación del rendimiento neto, se deducirán de los rendimientos íntegros exclusivamente los gastos siguientes:
Gastos de administración y depósito de valores negociables
A estos efectos, se consideran como gastos de administración y depósito aquellos importes que repercutan las empresas de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras que, de acuerdo con la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, tengan por finalidad retribuir la prestación derivada de la realización por cuenta de sus titulares del servicio de depósito de valores representados en forma de títulos o de la administración de valores representados en anotaciones en cuenta.
No serán deducibles las cuantías que supongan la contraprestación de una gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión, en donde se produzca una disposición de las inversiones efectuadas por cuenta de los titulares con arreglo a los mandatos conferidos por éstos.